ORDEN CLT/89/2003, de 20 de febrero, por la que se establece la estructura orgánica de la Dirección General de Política Lingüística a nivel de negociado.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

CLT/89/2003, de 20 de febrero, por la que se establece la estructura orgánica de la Dirección General de Política Lingüística a nivel de negociado.

El Decreto 53/2003, de 20 de febrero, de estructura orgánica de la Dirección General de Política Lingüística, implica un cambio en la estructura orgánica de la citada Dirección General que afecta a los órganos con nivel igual o superior al de sección y, también, en los negociados existentes.

Para adaptar los actuales negociados a la nueva estructura de la Dirección General, considerando el artículo 25.2 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la administración de la Generalidad,

Ordeno:

Artículo 1

El Negociado de Gestión y Control del Gasto depende de la Sección de Actuación Administrativa y le corresponde la tramitación y el control de los expedientes de gasto de la Dirección General.

Artículo 2

El Negociado de Certificados de Conocimientos de Catalán depende de la Sección de Evaluación y le corresponde la gestión de la elaboración, la organización y la administración de las pruebas de conocimiento de lengua catalana dirigidas a las personas residentes en Cataluña y el tratamiento de los datos para la expedición de los certificados de catalán, así como el mantenimiento del registro correspondiente.

Artículo 3

El Negociado de Coordinación Sectorial depende de la Sección del Ámbito Institucional y le corresponde la coordinación de las actuaciones de fomento del uso del catalán en el sector público y de servicio público y en otros sectores a partir de la relación que tienen con la Administración.

Artículo 4

4.1 El Negociado de Documentación en Sociolingüística depende del Instituto de Sociolingüística Catalana y le corresponde el mantenimiento del centro de documentación especializado en temas de sociolingüística, legislación lingüística y lingüística aplicada.

4.2 El Negociado de Consultas Ciudadanas y Derechos Lingüísticos depende de la Sección de Estudios Jurídicos y le corresponde la atención y resolución de las consultas de la ciudadanía en relación con la legislación lingüística y la gestión de una base de datos sobre esta materia.

Disposiciones adicionales

-1 El Negociado de Coordinación de las Actuaciones pasa a denominarse Negociado de...

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