El establecimiento penitenciario de una jurisdicción privativa: la cárcel de la Universidad de Alcalá en el siglo XVII

AutorIgnacio Ruiz Rodríguez
CargoCatedrático de Historia del Derecho Universidad Rey Juan Carlos
Páginas443-469
ADPCP, VOL. LXXVI, 2023
El establecimento penitenciario de una jurisdicción
priva tiva: la cárcel de la Universidad de Alcalá
en el siglo 
IGNACIO RUIZ RODRÍGUEZ
Catedrático de Historia del Derecho
Universidad Rey Juan Carlos
Al Maestro Carlos García Valdés,
con el cariño y la entrañable amistad de tantos años.
I. INTRODUCCIÓN
A lo largo de los tiempos, las sociedades humanas han ideado fór-
mulas más o menos tasadas para reprimir a todos aquellos que supues-
tamente hubiesen atentado contra el recto orden social autoim puesto
por esos grupos humanos, singularmente por aquellas élites que les
gobernasen, ya fuese a través de un sistema electivo, ya lo fuese a tra-
vés de una dictadura, elección, herencia o cualquier otra posible vía.
Una de esas fórmulas coercitivas será, sin lugar a duda, el aparta-
miento del grupo con respecto al contraventor de la norma esperando
que de esa forma no «contagiasen» al de espíritu puro (1), ya fuesen
(1) La argumentación aquí expuesta es la clásica, la que durante siglos ha
defendido la «razón» de los juristas: después de la caída por el pecado original, los
hombres, naturalmente inclinados hacia el mal, harían necesario que, con una finali-
dad fundamentalmente ejemplar y preventiva, en las Repúblicas hubiese siempre
«juez, cárcel, cadenas, grillos y castigo: porque los hombres sobrados y desmedidos
con el temor desto se refrenen». En S, B., Tratado del cuidado que se deve
tener de los presos pobres. En que se trata ser obra pía, proveer a las necesidades que
padecen en las cárceles, Imprenta Miguel Ferrer, Toledo, 1564, cap. 1, p. 1.
G-G, A., «Aportación al estudio de los Fueros», en Anuario de Historia del
Derecho Español, Madrid, 1956, pp. 387-446.
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presos políticos, enemigos capturados en guerra o, simplemente,
delincuentes. Ese lugar, sin duda, será lo que en nuestros días conoce-
mos como prisión o cárcel, detectándose la existencia de estos recin-
tos a lo largo de la historia y en lugares tan diversos como China,
Egipto, Roma, Oriente Próximo y Babilonia. Obviamente, en tierras
de Hispania, parte fundamental del Imperio Romano, igualmente
habrían de aparecer los primeros lugares de internamiento penitencia-
rio, singularmente en minas, cuevas, tumbas, cavernas, pozos o casas
fuertes, en un proceso evolutivo que habría de significarse igualmente
en tiempos visigodos, Medievo, Edad Moderna o Contemporánea.
II. ADENTRÁNDONOS EN EL MUNDO DE LA PRISIÓN
El origen de la palabra cárcel lo encontramos en el vocablo latino
«coercendo», que parece ser significa restringir, coartar; aunque otros
entienden que su origen deriva de la palabra carca, término hebreo que
significa «meter una cosa».
Recreándonos en el mundo romano, la creación de un mayor
número de prisiones y lugares de encarcelamiento vino a responder a
la intención de Augusto de favorecer la seguridad ciudadana. En este
sentido, a Roma llegaban de manera constante gentes procedentes de
los más recónditos lugares del Imperio y también de fuera de él, entre
ellos ciertos indeseables que pretendían ejercer su actividad delictiva
en ella. Por esta razón, las cárceles romanas se llenaban de ellos, al
igual de esos que habían sido condenados a morir en los espectáculos
públicos, así como de condenados que habían apelado el favor del
emperador y que se encontraban a la espera de que se produjese una
resolución a su petición. Fue allí donde se erigiría la conocida cárcel
Mamertina, conocida ya en la Antigüedad como el Tullianum. Se
encontraba ubicada en el Comicio en la Antigua Roma, en la ladera
noreste del monte Capitolino, frente a la Curia y los foros imperiales
de Nerva, Vespasiano y Augusto (2).
Por lo que a la península Ibérica hace referencia, a partir del año
476 y fuera ya de toda influencia de un Imperio Romano que había
dejado de existir en el occidente europeo, la pena de prisión será
igualmente conocida durante la dominación visigoda, caracterizán-
dose de manera singular por el empleo de una violencia con las perso-
(2) Sobre ello, Vid. P T, P., La cárcel y el encarcelamiento en el
Mundo Romano, Madrid, 2006.

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