ORDEN ARP/291/2003, de 19 de junio, por la que se modifica la Orden ARP/347/2002, de 14 de octubre, por la que se establecen las medidas para el fomento del uso de los seguros agrarios.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/291/2003, de 19 de junio, por la que se modifica la Orden ARP/347/2002, de 14 de octubre, por la que se establecen las medidas para el fomento del uso de los seguros agrarios.

La Orden ARP/347/2002, de 14 de octubre (DOGC núm. 3743, de 18.10.2002), estableció las medidas para el fomento del uso de los seguros agrarios. En el artículo 5 de esta Orden, modificado por la Orden ARP/60/2003 (DOGC núm. 3826, de 20.2.2003), se incluye la reducción de la prima de la parte de la póliza que asegura la estructura y la cobertura de invernaderos, umbráculos y túneles, para impulsar y fomentar la contratación de estos seguros.

Los invernaderos, habitualmente, protegen en su interior instalaciones varias que son imprescindibles para el cultivo de la producción que protegen. Por lo tanto, considerando que en la gran mayoría de las pólizas que aseguran la estructura y la cobertura de invernaderos, umbráculos y túneles, también incluyen el seguro de lo que hay en el interior, se considera oportuno que las instalaciones que protegen también se incluyan dentro de la cobertura de la línea de los daños en estructuras y cobertura de invernaderos, umbráculos y túneles.

De acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo único

Modificar el artículo 5 de la Orden ARP/347/2002, de 14 de octubre, que queda redactado de la forma siguiente:

"Artículo 5

"Contratación

"5.1 La formalización de la póliza de contrato del seguro correspondiente da derecho a la reducción en la prima, siempre que se haya realizado correctamente y dentro del período de suscripción que establece el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, excepto en el caso de la línea de seguro para las estructuras, las coberturas y las instalaciones de invernaderos, umbráculos o túneles, independientes de las pólizas suscritas para asegurar la producción que protegen, para la que será necesario presentar una instancia oficial de solicitud de reducción al Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca.

"En este caso, la póliza suscrita deberá especificar el coste de la parte objeto de reducción de la póliza, si es que esta póliza incluye otros conceptos objeto de cobertura diferentes al seguro de daños por estructura, cobertura e...

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