DECRETO 19/2010, de 22 de abril, por el que se modifica el Decreto 52/2007, de 17 de mayo, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyDecreto

La Sentencia de 27 de abril de 2009, de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Valladolid, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, declaró la nulidad del artículo 6.4 del Decreto 52/2007, de 17 de mayo, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León, en el que se hacia referencia en relación a la organización del cuarto curso a la obligación de los centros de ofertar todas las materias previstas en el citado precepto, agrupadas en opciones que configuraran vías formativas coherentes, de acuerdo con los criterios pedagógicos y organizativos que estableciera la Consejería competente en materia de Educación.

Es preciso por tanto establecer una nueva regulación atribuyendo a los centros el establecimiento de agrupaciones de las distintas materias en diferentes opciones, con el fin de orientar la elección del alumnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 22 abril de 2010

DISPONE

Artículo único Modificación del Decreto 52/2007, de 17 de mayo, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 6.4 del Decreto 52/2007, de 17 de mayo, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León queda redactado como sigue:

Los centros deberán ofrecer la totalidad de las materias a las que se refiere el apartado 3 de este artículo. Con el fin de orientar la elección del alumnado, podrán establecer agrupaciones de estas materias en diferentes opciones

.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, a 22 de abril de 2010.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

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