España y la UE: objetivo ideológico y proyecto político (1978-2018)

AutorAntonio Bar Cendón
CargoCatedrático de Derecho Constitucional Catedrático Jean Monnet «ad personam» Universidad de Valencia
Páginas777-818
ESPAÑA Y LA UE:
OBJETIVO IDEOLÓGICO
Y PROYECTO POLÍTICO
(1978-2018)
ANTONIO BAR CENDÓN
© UNED. Revista de Derecho Político
N.º 101, enero-abril 2018, págs 777-818
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SUMARIO
1. INTRODUCCIÓN. 2. EUROPA COMO OBJETIVO IDEOLÓGICO. 3. EU-
ROPA COMO PROYECTO POLÍTICO. A) El primer paso: el Acta Única Europea.
B) La ciudadanía y la cohesión: el Tratado de Maastricht. C) El papel exterior y la
política social: el Tratado de Ámsterdam. D) El refuerzo de la posición institucional:
el Tratado de Niza. E) De la firmeza a la cesión: la Constitución europea. F) Debilidad
y reubicación: el Tratado de Lisboa. 4. CONCLUSIONES
© UNED. Revista de Derecho Político
N.º 101, enero-abril 2018, págs 777-818 779
Fecha recepción: 21.11.2017
Fecha aceptación: 9.01.2018
ESPAÑA Y LA UE:
OBJETIVO IDEOLÓGICO
Y PROYECTO POLÍTICO
(1978-2018)
ANTONIO BAR CENDÓN1
Catedrático de Derecho Constitucional
Catedrático Jean Monnet «ad personam»
Universidad de Valencia
1. INTRODUCCIÓN
El ingreso de España en las Comunidades Europeas, primero, y en la Unión Euro-
pea, después, ha resultado ser extraordinariamente beneficioso para el país. Es verdad
que, en un primer momento, algunos sectores de la estructura económica española se
vieron seriamente afectados, sin embargo, el resultado final de todo el proceso ha sido
muy positivo. Efectivamente, desde su ingreso en las Comunidades Europeas (en
adelante CCEE) el 1 de enero de 1986,2 España ha experimentado un rápido y notable
proceso de crecimiento económico, de modernización y de apertura al exterior que no
tiene parangón en los procesos de adhesión a las CCEE, o a la Unión Europea (en
adelante UE), que se han realizado desde su surgimiento, desde el punto de vista del
pleno y eficaz aprovechamiento de los recursos y de los medios puestos a su disposi-
ción por las CCEE.
En este sentido, España supo aprovechar y utilizar muy bien las compensaciones
económicas recibidas de las CCEE, principalmente a través de los fondos estructura-
les —el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo Social Europeo y el Fondo
1 Catedrático de Derecho Constitucional. Catedrático Jean Monnet «ad personam». Departamento
de Derecho Constitucional y Ciencia Política y de la Administración. Facultad de Derecho. Universidad
de Valencia. Avda. dels Terongers, s/n. 46022 Valencia. Email: antonio.bar@uv.es
2 El Tratado de Adhesión a las Comunidades Europeas se firmó el 12 de junio de 1985 y entró en
vigor el 1 de enero de 1986. Vid. Tratado [...] Relativo a la adhesión del Reino de España y de la República
Portuguesa a la Comunidad Económica Europea y a la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO L 302,
15.11.1985). Instrumento de ratificación por España de 20.9.1985 (BOE n. 1, 1.1.1986, pp.3-687).

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