ORDEN AYG/1096/2007, de 18 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de colaboración en las Escuelas de Capacitación Agraria y Agroalimentaria.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/1096/2007, de 18 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de colaboración en las Escuelas de Capacitación Agraria y Agroalimentaria.

La Consejería de Agricultura y Ganadería, a partir del Real Decreto 3537/1981, de 29 de diciembre ('B.O.E'. de 5 de marzo de 1982) de traspaso de funciones, competencias y servicios del Estado en materia de agricultura, ha venido apoyando todas las iniciativas de formación en el medio rural tendentes a la mejor de la capacitación profesional de la población rural y de los empresarios agrarios contribuyendo a la cualificación profesional de trabajadores, técnico y personal vinculado al sector agroalimentario.

Las Escuelas y Centros de Capacitación Agraria y Agroalimentaria dependientes de la Consejería de Agricultura y Ganadería son centros públicos técnico-educativos cuyo objetivo es el fomento de la formación integral, empresarial y profesional de los agricultores y ganaderos, impartiendo enseñanzas distribuidas en los diferentes niveles y etapas de aprendizaje y procurando que los alumnos adquieran los conocimientos tecnológicos necesarios de acuerdo con las exigencias actuales y futuras del sector.

La figura del becario de colaboración está orientada hacia una mayor eficacia en el proceso de enseñanza-aprendizaje mejorando los valores de carácter social, cultura y recreativo de los alumnos en regímenes de internado o media pensión, logrando una mejor convivencia y correcto uso del tiempo libre desarrollando actuaciones educativas complementarias, socioculturales, deportivas de experimentación, ensayo y de tiempo libre.

Por otra parte, la entrada en vigor de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ha modificado el régimen jurídico vigente en la materia, estableciendo una serie de normas básicas aplicables a todas las Administraciones Públicas y siendo por ello necesario aprobar con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones las correspondientes bases reguladoras adaptadas a la citada norma.

En virtud de lo anterior, y conforme a lo previsto en la Ley 38/2003 antes citada, así como en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 26.1.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por...

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