La escritura de separación o divorcio
Autor | Antonio Ángel Longo Martínez |
Cargo | Notario de Barcelona |
Páginas | 91-103 |
LA NOTARIA | | 2/2015 91
Entre las nuevas funciones atribuidas al
Notario por la reciente Ley 15/2015, de 2 de
julio, de jurisdicción voluntaria (LJV), se en-
cuentra la de autorizar, en determinados ca-
sos, escrituras de separación matrimonial o
divorcio. La materia no es extraña al Notario,
pues los pactos entre cónyuges, usualmente
en las conocidas capitulaciones matrimonia-
les, forman parte desde antiguo de su activi-
dad, como también, desde época más recien-
te, aquellos que se estipulan en previsión de
una futura ruptura. Sin olvidar la intervención
notarial en la constitución y extinción de las
cada vez más habituales parejas de hecho.
En este trabaj o, vamos a intentar una
aproximación a esta nueva función y a los
requisitos y peculiaridades de la misma que
el No tario habrá de tener en cuenta, asu-
miendo que, como suele se r habitual ante
una nueva normativa, su estudio va hacien-
do s urgir dudas que no sie mpre vamos a
estar en condiciones de resolver.
I. LA COMPETENCIA NOTARIAL
Junto con la separación o divorcio judi-
cial, la LJV instaura ahora una nueva forma,
mediante el expe diente tra mitado ant e
Secretario Judicial o ante Notario, dando al
efecto nueva redacción al art. 82.1 del Códi-
go Civil español (CC), que se complementa
con lo previsto en el art. 54.1 LN(1), según el
cual, si los cónyuges deciden acudir a la vía
notarial, deberán formalizar el convenio re-
gulador en escritura pública, pre stando su
consentimiento ante el Notario del último
SUMARIO
I. LA COMPETENCIA NOTARIAL
II. REQUISITOS SUBJETIVOS Y
FORMALES
III. CONTENIDO DE LA ESCRITURA
IV. EFICACIA E INSCRIPCIÓN DE LA
ESCRITURA
V. MODIFICACIÓN DEL CONVENIO
VI. FORMA Y EFECTOS DE LA RE-
CONCILIACIÓN
VII. CONFLICTO DE LEYES
La escritura de separación o divorcio
Antonio Ángel Longo Martínez
Notario de Barcelona
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