SAP Lugo 466/2007, 27 de Junio de 2007
Ponente | JOSE RAFAEL PEDROSA LOPEZ |
ECLI | ES:APLU:2007:700 |
Número de Recurso | 515/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 466/2007 |
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LUGO
SENTENCIA: 00466/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO
Sección 1.ª
SENTENCIA NÚMERO 466
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE:
D.ª MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR
MAGISTRADOS:
D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ
D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO
Lugo, veintisiete de junio de dos mil siete.
La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n.º5l5/06,
dimanante del Juicio División Judicial de Herencia n.º214/04 seguido en el Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción nº l de Vilalba sobre división de herencia; siendo apelante Mercedes, representado por la procuradora Sra. Pelaez García y asistido del letrado Sr. Rifón
Dorado y apelado María Purificación y Esther, representado por el
procurador de lª Instancia Sr. Iglesias Martinez y asistidos del letrado Sra Rosa Edreira; actuando
como ponente el Magistrado, Ilmo. Sr. D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ.
Con fecha l5 de septiembre de 2006, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº l de Vilalba, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: QUE DESESTIMANDO LA OPOSICION formulada por la Procuradora Sra Paredes González, en nombre y representación de Dª Mercedes DEBO DECLARAR Y DECLARO LA APROBACION de las operaciones divisorias contenidas en el Cuaderno Particional de la presente División de Herencia nº 214/04. Y todo ello con imposición de las costas a la promovida Dª Mercedes ".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por Dña. Mercedes, teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C. 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente. Acordándose en esta instancia la celebración de vista oral solicitada, la que tuvo lugar el día 5 de junio de 2007, en cuyo acto las partes comparecientes hicieron las peticiones que obran en autos.
En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.
No se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia apelada en lo que se oponga a lo que a continuación se expone, y
La parte recurrente basa su recurso en tres motivos de oposición: lº) el pronunciamiento de la obligación de contribuir a los gastos de perito y contador, 2º) el pronunciamiento relativo a la conmutación en metálico de la legítima del cónyuge viudo y 3º) el pronunciamiento relativo a la valoración de fincas adjudicadas a Dª Mercedes.
Respecto al primero de los puntos si bien es cierto lo...
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