SAP Alicante 117/2008, 17 de Marzo de 2008

PonenteLUIS ANTONIO SOLER PASCUAL
ECLIES:APA:2008:685
Número de Recurso100/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución117/2008
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 8ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE

SECCION OCTAVA.

TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA

ROLLO DE SALA Nº 100 (M-38) 08

PROCEDIMIENTO Juicio Verbal 621/07

JUZGADO de lo Mercantil nº 2 Alicante

SENTENCIA Nº 117/08

Ilmos.

Presidente: D. Enrique García Chamón Cervera

Magistrado: D. Luis Antonio Soler Pascual

Magistrado: D. Francisco José Soriano Guzmán

En la ciudad de Alicante, a diecisiete de marzo del año dos mil ocho

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, seguido en instancia ante el Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Alicante con el número 621/07, y de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte actora D. Jose Luis, representado por el Procurador D Juan Antonio Martínez Navarro y dirigida por el Letrado D. Carlos Tomás Cámara; y como parte apelada la mercantil US Airways Inc., representada por el Procurador Dª. Begoña Santana Oliver y dirigida por el Letrado D. Alvaro Oliete Díaz, que ha presentado escrito de oposición.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Mercantil número dos de los de Alicante, en los referidos autos tramitados con el núm. 621/07, se dictó sentencia con fecha 21 de enero de 2008, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador sr. Martínez Navarro en nombre y representación de Don Jose Luis y condeno a la compañía US Airways Inc a pagar al actor la cantidad de 150 euros, en concepto de indemnización por daños morales. A tal cantidad se aplicarán más los intereses legales incrementados en dos puntos desde la fecha de esta resolución hasta el completo pago. No se efectúa condena en costas.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte arriba referenciada; y tras tenerlo por preparado, presentaron el escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado a las demás partes, presentándose los correspondientes escritos de oposición. Seguidamente, tras emplazar a las partes, se elevaron los autos a este Tribunal con fecha 6 de marzo de 2008 donde fue formado el Rollo número 100/M-38/08 en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 17 de marzo de 2008 en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo Sr. D. Luis Antonio Soler Pascual.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Opone recurso de apelación la parte demandante aduciendo la insuficiencia de la cantidad fijada por el Juzgado de lo Mercantil -150 euros- como indemnización por daños morales derivados de la pérdida de dos maletas por la compañía aérea demandada.

Argumenta en concreto el apelante que dicha cuantía habría sido aceptable si se hubiera hecho ofrecimiento de ella como compensación, en el momento de la pérdida y posterior recuperación de las maletas, que no a estas alturas tras las gestiones e intentos conciliadores intentados antes del proceso judicial de que se trata. Además, afirma, la petición de 1.207 euros -1.000 DEG- no constituye una reclamación sobre el límite máximo indemnizable, sino una moderación atendido que...

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