ORDEN MAH/121/2005, de 23 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la realización de los ensayos y/o controles para la obtención del distintivo de garantía de calidad ambiental o de la etiqueta ecológica de la Unión Europea y se hace pública la convocatoria correspondiente al año 2005 (código de la convocatoria ...

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

MAH/121/2005, de 23 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la realización de los ensayos y/o controles para la obtención del distintivo de garantía de calidad ambiental o de la etiqueta ecológica de la Unión Europea y se hace pública la convocatoria correspondiente al año 2005 (código de la convocatoria 03.08.05).

Los sistemas de etiquetado ecológico son instrumentos que promueven de manera voluntaria la fabricación, el uso y el consumo de productos, así como la prestación de servicios, con un menor impacto sobre el medio ambiente. A la vez, son también una herramienta de información dirigida al consumidor, el cual puede reconocer con facilidad estos productos y servicios y, por tanto, mediante su consumo responsable, orientar el mercado hacia unas pautas más sostenibles.

Cataluña dispone en estos momentos de dos sistemas de etiquetado ecológico con la garantía del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda: el Distintivo de garantía de calidad ambiental y la Etiqueta ecológica de la Unión Europea.

El Decreto 255/1992, de 13 de octubre (DOGC núm. 1675, de 27.11.1992), designa a la Dirección General de Calidad Ambiental del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda como organismo competente para la concesión de etiquetas ecológicas, otorgándole, entre otras funciones, la de incentivar y promover la producción de bienes de consumo ecológico y la de establecer medidas para la definición y la evaluación de estos productos.

Así, el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda desde el año 1998 convoca una línea de ayudas, cuyo objetivo es facilitar el acceso de las empresas a estos sistemas de ecoetiquetaje ya que, en ocasiones, este acceso puede verse dificultado por el coste de los ensayos y/o controles que es preciso realizar para demostrar el cumplimiento de los criterios ambientales establecidos.

Considerando lo que dispone la Ley 11/2004, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2005, el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en uso de las facultades que tengo otorgadas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases, que se publican en el anexo, reguladoras de las ayudas destinadas a empresas con actividades en Cataluña para hacer los ensayos y/o controles para la obtención del distintivo de garantía de calidad ambiental o la etiqueta ecológica de la Unión Europea.

Estas ayudas se someten al Reglamento (CE) núm. 69/2001 de la Comisión de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis (DOCE L10, de 13.1.2001). En virtud de este Reglamento el total de ayudas de minimis otorgadas a una empresa no podrá exceder de 100.000 euros en un periodo de tres años con independencia de la forma de ayuda o el objetivo de ésta.

Artículo 2

Abrir la convocatoria para el año 2005 de las ayudas para hacer los ensayos y/o controles para la obtención del distintivo de garantía de calidad ambiental o la etiqueta ecológica de la Unión Europea.

Artículo 3

El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden.

Artículo 4

Las solicitudes se tramitarán, resolverán y notificarán de acuerdo con lo que prevé la base núm. 6.

Artículo 5

5.1 Las ayudas establecidas en esta Orden se financiarán con cargo a la partida presupuestaria MA03D/470220000/4426 de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2005, con una dotación máxima de 27.750 euros.

Los créditos iniciales disponibles indicados en el párrafo anterior pueden modificarse con sujeción a la normativa vigente.

5.2 Si la empresa solicitante está ubicada en una zona reconocida como objetivo 2 por la Unión Europea la ayuda otorgada estará cofinanciada en un 50% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Artículo 6

El importe máximo de las subvenciones a otorgar a esta convocatoria se fija en las cantidades siguientes:

a) El importe de la subvención será de hasta un 75% del total de los gastos originados por la realización de los ensayos y/o controles para obtener el distintivo de garantía de calidad ambiental o la etiqueta ecológica...

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