Comentarios a la Ley de Contrato de Seguro. "Estudios Empresariales y Financieros", de E. Verdera y Tuells y un conjunto de autores.

AutorJosé MarIa Chico y Ortiz
Páginas244-246

    Verdera y Tuells, E., y un conjunto de autores: Comentarios a la Ley de Contrato de Seguro. "Estudios Empresariales y Financieros". Colegio Universitario de Estudios Financieros. Consejo Superior Bancario. Madrid, 1982, dos tomos.

La impresionante dimensión que el seguro tiene en sus diversas manifestaciones en los tiempos actuales -y que justifica esa nueva normativa que es estudiada en la publicación que comentamos- quizá se deba a ese ansia de seguridad unido a la idea de libertad, aunque me ha admirado siempre la satisfacción que el asegurado tiene una vez que ha contratado el seguro. Debe ser una labor captatoria la del agente de seguros que, con un entrenamiento y disciplina casi militar, lava el cerebro del futuro contratante y lo predispone o lo precipita de lleno en la firma del contrato. Y lo curioso del caso es que, aparte del pago de primas, lo que-el agente le propone al firmante es un hecho incierto, pero posible: que su casa se queme, se destruya, que le roben, que se muera (Dios no lo quiera), que viva demasiado, que se quede tarado o imbécil, etc. Y ante todo esto el contratante no reacciona y acepta la posibilidad, a cambio deunas primas, y de un consuelo: si me muero mis beneficiarios no quedan del todo mal. Es el mal menor, la representación fáctica del dicho "los duelos con pan son menos", "el vivo al bollo y el muerto al hoyo"..., etcétera. El seguro cuando uno lo firma es una auténtica manifestación de desprendimiento, de falta de egoísmo, casi de prodigalidad... El seguro también es fuente de tentaciones homicidas y base sustancial de argumentos de novelas policíacas. La desaparición de una persona y la situación de ausencia pone retos al seguro. El seguro entra y se relaciona con la figura de la hipoteca. . Quizá por todo ello sean necesarias tantas páginas, casi dos mil, para comentar la nueva ley del contrato de seguro.

Evelio Verdera ha tenido el gran acierto de reunir los diversos trabajos de cincuenta y dos autores que intervinieron en las jornadas celebra- Page 244 das sobre la materia, a las que en los dos volúmenes citados se le agregan los discursos de iniciación a cargo del Director general de Seguros Luis de Ángulo y el de clausura a cargo del Ministro de Hacienda Jaime Gar-cía-Añoveros y un estudio preliminar sobre el encuadramiento constitucional y directrices básicas sobre la Ley de Contrato de Seguro del autor citado. Aparte de ello, en el tomo II, se recoge una documentación legislativa sobre el proyecto de ley y dictámenes, el texto de la ley y una serie de disposiciones complementarias posteriores a la misma. Desde mi parcela hipotecaria noto la ausencia de algunos trabajos más sobre esa relación en orden a la hipoteca y es "seguro" que a la fina sensibilidad jurídica de Evelio Verdera no se le habrá escapado. Quizá él, al enviarme la publicación para su recensión, pensó que iba a aprovechar este momento para precisar otros puntos del tema. Pero aparte de ello, traigo esta recensión con proyección legislativa de futuro, pues en base de mi condición de vocal permanente de la Comisión de Codificación, formo parte de ese grupo reducido que discute en estos días el anteproyecto de Ley sobre Condiciones Generales y esa ley forzosamente está en íntima relación...

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