Orden HAC/272/2004, de 25 de febrero, por la que se dictan las normas para la elaboración del escenario presupuestario 2005-2007.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Hacienda |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN HAC / 2 7 2 / 2 0 0 4 , de 25 de feb re ro , por la que se dictan las norm a s p a ra la elab o ración del escenario pre s u p u e s t a rio 2005-2007.
La Ley 18/2001, de 12 de diciembre, G e n e ral de Estabilidad Pre s u p u e st a ri a , ha introducido en el ordenamiento jurídico español el escenario pre s up u e s t a rio pluri a nual como instrumento de programación en el que se deb e e n m a rcar la presupuestación a medio plazo. Dispone así, en su artículo 4 que la elab o ración de los presupuestos en el sector público se enmarcará en un e s c e n a rio pluri a nual compat i ble con el principio de anualidad por el que se ri ge la ap robación y ejecución pre s u p u e s t a ri a .
En el ámbito autonómico, la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comu n i d a d, en virtud de la modificación producida por el a rtículo 19 de la Ley 21/2002, de 27 de diciembre, de Medidas Económicas,
Fiscales y A d m i n i s t rat iva s , dispone en el párra fo segundo de su art í c u l o 1 0 1 . 1 , que los Presupuestos Generales se elab o rarán en el marco de las previsiones pluri a nuales que ap ru ebe la Junta de Castilla y León, c o n s i d e ra n d o la prev i s i ble evolución de los ingresos y las orientaciones de la política de gasto y definiendo los objetivo s , las actividades a realizar para conseg u i rl o s , los re c u rsos precisos y los indicadores signifi c at ivos de su cumplimiento, e n el marco del principio de estab i l i d a d.
Pa ra ga rantizar el cumplimiento de los re fe ridos principios y desarro l l a r lo establecido en el segundo párra fo del artículo 101.1 de la Ley de la Hacienda antes citado, se ap robó el Decreto 22/2003, de 6 de marzo , por el que se regulan las previsiones pre s u p u e s t a rias pluri a nu a l e s , en el que se define el contenido del escenario pre s u p u e s t a rio pluri a nu a l , los conceptos fundamentales que lo sustentan y las dire c t rices ge n e rales y específicas que d eben presidir su elab o ra c i ó n , y en el que se prevé que la Consejería de Hacienda determinará la estru c t u ra del escenario y los cri t e rios para re a l i z a r las correspondientes estimaciones de ingresos y ga s t o s , lo que se re a l i z a mediante la presente Ord e n .
En su virt u d.
D I S P O N G O :
A rtículo 1. Dire c t rices Genera l e s .
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La elab o ración del escenario pre s u p u e s t a rio 2005-2007 re fe rido a i n gresos y gastos será la fase previa para elab o rar los presupuestos ge n e ra l e s de la Comu n i d a d.
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Este escenario pre s u p u e s t a rio tendrá como marco de re fe re n c i a :
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El cuadro macroeconómico previsto para el período considera d o
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Las estrat egias definidas en el Plan de Desarrollo Regional 2000-2006.
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El objetivo de estabilidad que el propio escenario pre s u p u e s t a rio prevea para el período.
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Las dire c t rices fijadas por la Junta de Castilla y León.
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El Marco de Ap oyo Comu n i t a rio 2000-2006.
A rtículo 2. Estru c t u ra del escenario pre s u p u e s t a rio pluri a nu a l .
El escenario pre s u p u e s t a rio pluri a nual definido en el Decreto 22/2003, de 6 de marzo , contendrá para cada uno de los ejercicios de 2005 a 2007 lo s i g u i e n t e :
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El escenario pre s u p u e s t a rio de ingre s o s .
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El escenario pre s u p u e s t a rio de ga s t o s .
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El escenario de los programas de actuación, i nve rsiones y fi n a n c i a c i ó n .
A rtículo 3. Escenario pre s u p u e s t a rio de ingre s o s .
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El escenario de ingresos se elab o rará teniendo en cuenta los efe c t o s c oy u n t u rales de la economía, el modelo de financiación autonómica vige nt e, las modificaciones del sistema tri bu t a rio y demás norm at iva que afecte a los ingre s o s , así como los re c u rsos vinculados procedentes fundamentalmente de la Unión Europea y del Estado y el resto de ingresos que se estimen para el período.
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Se especificará el objetivo de estabilidad para cada uno de los ejerc icios y fi g u rará como documento sep a rado dentro de dicho escenari o .
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El escenario de ingresos se estru c t u rará siguiendo la cl a s i fi c a c i ó n económica de ingresos vige n t e, con el grado de desagregación que se estime en cada caso.
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La elab o ración de este escenario corresponde a la Comisión de Previsión de Ingre s o s , la cual re c abará la info rmación necesaria de cada centro d i re c t ivo o entidad para confeccionar este escenari o .
A rtículo 4. Escenario pre s u p u e s t a rio de ga s t o s .
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El escenario de gastos asignará los re c u rsos disponibles entre los distintos programas de gasto teniendo en cuenta los compromisos ya adquiridos y las actuaciones pri o ri t a rias que se hayan de desarrollar para conseg u i r los objetivos a medio plazo que se establ e z c a n .
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El escenario de gastos se estru c t u rará de acuerdo con los progra m a s de gasto y los capítulos previstos en la cl a s i ficación económica.
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Cada programa de gasto contará con un escenario pre s u p u e s t a ri o b a s e, en el que se incluirán los compromisos de gastos ex i s t e n t e s , y un escen a rio pre s u p u e s t a rio de progra m a c i ó n , en el que se deberán especificar el resto de las actuaciones a desarrollar en el período.
A rtículo 5. Definición del escenario pre s u p u e s t a rio base.
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Por escenario presupuestario base se entiende el conjunto de créditos ya comprometidos sobre los que no se pueden tomar decisiones de programación.
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Fo rmarán parte de este escenario pre s u p u e s t a rio base:
a ) Los créditos correspondientes a gastos del personal que presta sus servicios en la A d m i n i s t ra c i ó n , así como todos los créditos necesari o s p a ra hacer frente a los acuerdos adoptados con implicación pre s up u e s t a ria en esta mat e ri a .
b ) Los créditos destinados a gastos corrientes en bienes y servicios neces a rios para el funcionamiento de la A d m i n i s t ra c i ó n .
c ) Las tra n s fe rencias corrientes a los entes cuyo funcionamiento dep e nde de los presupuestos de la Comu n i d a d.
d ) Los gastos fi n a n c i e ro s .
e ) Los pasivos fi n a n c i e ro s .
f ) Todos aquellos créditos destinados a realizar actuaciones vinculadas a la obtención de ingre s o s .
g ) Los créditos ya comprometidos en ejercicios anteri o re s .
A rtículo 6. Elab o ración del escenario pre s u p u e s t a rio base.
El escenario pre s u p u e s t a rio base re l at ivo a cada programa pre s u p u e s t ario será elab o rado por la Dirección General de Presupuestos y Fo n d o s C o mu n i t a rios en colab o ración con todas las Consejerías, las cuales ap o rt arán la info rmación que se estime necesari a .
A rtículo 7. Propuestas del escenario pre s u p u e s t a...
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