SAP Madrid 479/2006, 20 de Octubre de 2006

PonenteJOSE ANTONIO NODAL DE LA TORRE
ECLIES:APM:2006:14001
Número de Recurso181/2006
Número de Resolución479/2006
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

JOSE ANTONIO NODAL DE LA TORRE JOSE LUIS DURAN BERROCAL JUAN ANGEL MORENO GARCIA

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 9

MADRID

SENTENCIA: 00479/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección Novena

SENTENCIA NÚMERO 479/06

RECURSO DE APELACIÓN 181/2006

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JOSÉ ANTONIO NODAL DE LA TORRE

D. JOSÉ LUIS DURÁN BERROCAL

D. JUAN ÁNGEL MORENO GARCÍA

En Madrid, a veinte de octubre de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, el Incidente dimanante de autos de Ejecución de Títulos Judiciales nº. 1040/2004 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº. 39 de Madrid, al que ha correspondido el Rollo nº. 181/2006, en el que aparecen como partes: de una, como demandante-impugnada y hoy apelada ENTIDAD BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., representada por el Procurador Sr. D. José Luis Pinto Marabotto; y de otra, como demandados-impugnantes y hoy apelantes DON Rafael Y DOÑA Camila, representados por la Procuradora Sra. Dª. Susana Clemente Mármol; sobre impugnación de costas por indebidas.

SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. JOSÉ ANTONIO NODAL DE LA TORRE.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº. 39 de Madrid, en fecha dieciséis de noviembre de dos mil cinco, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo: "Que desestimo la impugnación de la tasación de costas efectuada por la Sra. Secretario de este Juzgado en fecha 22 DE JUNIO DE 2.005 y debo declarar y declaro que son debidas las costas tasadas, con imposición de las costas causadas en este procedimiento a DON Rafael Y DOÑA Camila.".

Segundo

Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.

Tercero

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo la cual tuvo lugar el día diecinueve de octubre del año en curso.

Cuarto

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada excepto en lo que se opongan a lo que a continuación se dirá, y

Primero

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