SAP Madrid 454/2007, 29 de Junio de 2007
Ponente | JUAN UCEDA OJEDA |
ECLI | ES:APM:2007:10789 |
Número de Recurso | 50/2007 |
Número de Resolución | 454/2007 |
Fecha de Resolución | 29 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14
MADRID
SENTENCIA: 00454/2007
Rollo: RECURSO DE APELACION 50 /2007
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
PABLO QUECEDO ARACIL
AMPARO CAMAZON LINACERO
JUAN UCEDA OJEDA
En MADRID, a veintinueve de junio de dos mil siete.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO CAMBIARIO 797 /2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 50 /2007, en los que aparece como parte apelante Dª Blanca, y como apelado DECORACIONES ANGEL Y CARLOS S.L., quien formuló oposición al recurso en base al escrito que a tal efecto presentó, representado por el procurador Dª CARMEN PALOMARES QUESADA, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN UCEDA OJEDA.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Madrid, en fecha 6 de Octubre de 2006 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente: "Que DESESTIMANDO la OPOSICION A LA EJECUCION formulada por DOÑA Blanca debo acordar y acuerdo continuar con el curso de las presentes actuaciones conforme a la Ley, y todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada."
Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte Dª Blanca, al que se opuso la parte apelada DECORACIONES ANGEL Y CARLOS S.L., y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 6 de Junio de 2007.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales, excepto en el plazo para dictar sentencia, debido al cúmulo de asuntos pendientes que pesan sobre esta Sección.
Se aceptan y reproducen los razonamientos jurídicos de la resolución apelada.
La sentencia que nos corresponde analizar en esta segunda instancia fue dictada en un juicio cambiario, sustentada en una letra de cambio con vencimiento de 15 de abril de 2004 y por importe de 618,49 €, interpuesto por la sociedad limitada Decoraciones Ángel y Carlos contra doña Blanca, donde el Juzgado de Instancia estimó en su integridad la demanda condenando al pago del principal más los gastos por devolución del efecto y los intereses y costas, viniendo la demandada a reproducir, en su recurso, los mismas excepciones que alegó en la primera instancia, que pasamos a enumerar para posteriormente analizarlas individualmente:
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Falta de legitimación activa del tenedor de la letra, ya que la misma presenta graves defectos formales que afectan a la validez y ejecutabilidad del título cambiario( 67.2 Ley Cambiaria y del Cheque), ya que aparecen dos nombres en el espacio destinado al tomador, abajo Banco Popular Español impreso por medio de un sello y el de la entidad actora escrito a mano y superpuesto al anterior, sin que conste con claridad quien sea el tenedor, entendiendo que esta falta de determinación supone la existencia de un vicio formal que priva de fuerza ejecutiva a la letra de cambio, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1.6 y 2 de...
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