Editorial

AutorDimitris Kyriakou

En los debates sobre la contaminación y el posible papel de los gobiernos y la posible intervención gubernamental, la noción económica de externalidades es de obligada aparición. Este concepto se refiere a las consecuencias de las acciones tomadas por los agentes económicos que no proceden de los propios agentes sino de otros, o incluso con frecuencia de la sociedad como un todo (o de un subconjunto geográfico adecuadamente definido). Las externalidades pueden ser positivas (el impacto de un descubrimiento científico que permite la innovación, el crecimiento, etc.) o negativas (por ejemplo la contaminación en un río cerca de la desembocadura, debida a los efluentes vertidos por una fábrica en la cabecera del río): Puesto que estos costes/beneficios externos no proceden del propio agente, éste no tiene incentivos para modularlos de acuerdo con las preferencias de la sociedad (es decir, acentuarlos en caso de que sean positivas, o evitarlos en caso de que sean negativas).

Una solución, la estándar, a esta discrepancia entre preferencias privadas y preferencias sociales es imponer impuestos/subsidios para conjugar las preferencias individuales con las sociales. Otra solución, menos obvia, y que procede de los años sesenta, es el llamado teorema de Coase, según el nombre de su inventor, en gran medida responsable de que concedieran el premio Nobel de Economía a Ronald Coase a principios de los años noventa. Dado que las externalidades se invocan con frecuencia (en su modalidad positiva en los debates sobre innovación, o en su modalidad negativa en los debates sobre medio ambiente) puede merecer la pena comprender lo que dice el teorema de Coase.

El teorema de Coase ha sido reconocido por méritos propios como la punta de lanza crítica en el proceso de adopción de los argumentos de eficiencia económica en la resolución de problemas legales y en la corrección de externalidades. Puesto que las externalidades constituyen una de las áreas más amplias y visibles de los fallos del mercado, que a su vez son los únicos casos en la economía neoclásica en los que la intervención gubernamental está justificada en razón de la eficiencia, las implicaciones del teorema se extienden, más allá de los temas legales, a la política, al papel del estado y a la naturaleza de las organizaciones sociales.

El teorema de Coase establece que dados dos agentes económicos, A, B, cuando las actividades de A generan una externalidad negativa para B y los costes de la transacción son nulos para ambas partes, es óptimo en términos de bienestar social permitir a los dos agentes que negocien un pago para resolver el tema – bien sea porque A compense a B por el daño que la actividad de A haya inflingido a B o que B compense a A por los beneficios que A deje de obtener por interrumpir sus actividades.

Además, y de modo muy crucial, mientras que si los costes de la transacción son nulos el bienestar social es invariable en el reparto de derechos de propiedad – que fijaría quién debería compensar a quién – en el caso de coste de transacción positivo, el teorema establece que la optimización dictaría la asignación de los derechos de propiedad a la parte con costes de transacción más altos.

Éste es el tema clave: la asignación de los derechos de propiedad. La solución estándar (frecuentemente asociada con el economista británico Pigou) se enfrenta con dos clases de problemas, ya que quien fije los impuestos debería superar tanto las dificultades de cálculo al estimar los costes de la externalidad como los obstáculos políticos para fijar un impuesto corrector. El teorema de Coase elimina el problema de cálculo para las autoridades, pero el problema político subsiste, si bien sólo en lo que respecta al modo de asignar los derechos de propiedad a la parte con costes de transacción más elevados (que puede no ser necesariamente lo más ventajoso desde el punto de vista político). Ello demuestra que no es fácil desligar la mano invisible del mercado del puño oculto del Estado...

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