STSJ Murcia 358/2007, 27 de Abril de 2007

PonenteFERNANDO CASTILLO RIGABERT
ECLIES:TSJMU:2007:1965
Número de Recurso1878/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución358/2007
Fecha de Resolución27 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 358/07 En Murcia, a veintisiete de Abril de dos mil siete.

En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 1.878/03, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía inferior a ciento cincuenta mil euros y referido a: derivación de responsabilidad.

Parte demandante:

D. Alvaro , representada por la Procuradora Dª María Asunción Mercader Roca y dirigida por la Letrada Dª Ana Correa Medina.

Parte demandada:

La Administración del Estado, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado. Acto administrativo impugnado:Resolución del TEARM de 27 de marzo de 2002 por la que se desestima la reclamación NUM000 . Pretensión deducida en la demanda:

Se dicte sentencia por la que se anule la resolución del TEARM impugnada y se declare:

  1. - La nulidad del acuerdo de derivación de responsabilidad subsidiaria por inexistencia de responsabilidad del recurrente en su condición de vocal de la mercantil deudora, así como por falta de motivación de dicho acuerdo de derivación de responsabilidad.

  2. - La nulidad del acuerdo de derivación de responsabilidad subsidiaria por falta de la previa declaración de fallido y de todo el expediente ejecutivo dirigido contra la mercantil deudora.

  3. - Subsidiariamente, se anule el acuerdo de derivación de responsabilidad subsidiaria por caducidad de dicho procedimiento.

  4. - Y, subsidiariamente, sea anulado dicho acuerdo de derivación de responsabilidad, declarándose la improcedencia de derivar las sanciones.

  5. - Y, subsidiariamente, sea anulado el acuerdo de derivación de responsabilidad, declarándose la improcedencia de derivar los intereses de demora.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Fernando Castillo Rigabert, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 20 de mayo de 2003 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada ha solicitado la desestimación de la demanda por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos jurídicos de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 20 de abril de 2007.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La dependencia de recaudación de la delegación de Cartagena de la AEAT adoptó el acuerdo de 25 de mayo de 2001 en el expuso que en la unidad de recaudación ejecutiva se siguió expediente ejecutivo frente al sujeto pasivo IMES del SURESTE S.A., por deudas a la Hacienda Pública procedentes...

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