Real Decreto 1497/2007, de 12 de noviembre, por el que se crea la Consejería de Economía y Comercio en la Misión Diplomática Permanente de España en Omán.

Fecha de Entrada en Vigor24 de Noviembre de 2007
MarginalBOE-A-2007-20086
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyReal Decreto
BOE núm. 281 Viernes 23 noviembre 2007 47981
20086 REAL DECRETO 1497/2007, de 12 de noviembre,
por el que se crea la Consejería de Economía y
Comercio en la Misión Diplomática Permanente
de España en Omán.
El Acuerdo de Consejo de Ministros de 1 de septiem-
bre de 2006, publicado en el B.O.E. mediante Orden AEC/
2783/2006 de 7 de septiembre, conviene una serie de
medidas para potenciar la acción del Estado en el exterior.
Entre otras, se insta al Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio a aprobar un Plan de Remodelación y Potencia-
ción de la red de Oficinas Económicas y Comerciales de
las Embajadas de España.
El Plan finalmente aprobado por el Ministro de Indus-
tria, Turismo y Comercio expone las razones por las que
se hace necesario adaptar la actual red de Oficinas Econó-
micas y Comerciales al escenario económico global, de
modo que pueda ofrecer tanto un servicio a las empresas
de carácter integral como una mejor defensa de los inte-
reses económicos españoles en el exterior y una imagen
actualizada de nuestro país. Puesto que el contexto eco-
nómico internacional ha cambiado radicalmente la última
década, se hace preciso contar con Oficinas Económicas y
Comerciales en aquellas zonas donde se han detectado
las mayores oportunidades de comercio e inversión para
las empresas españolas.
El calendario de ejecución recogido en el Plan es gra-
dual. En una primera fase, y mediante el presente Real
Decreto, se llevan a la práctica las propuestas más urgen-
tes con la creación de la Oficina Económica y Comercial
en Omán.
Resulta necesario robustecer la estructura de la admi-
nistración económica y comercial española en Oriente
Medio y especialmente en la zona del golfo, donde Omán
destaca por su especial interés. El Sultanato de Omán es
un país políticamente estable y de gran potencial, con
abundantes reservas energéticas. Los fuertes ingresos
derivados de la energía están llevando a esta economía a
potenciar el desarrollo de muchos sectores industriales y
de servicios, abriéndose así nuevas oportunidades para
las empresas españolas. Su elevada tasa de expansión, la
importancia de sus reservas energéticas y los proyectos
de inversión sectoriales, donde las empresas de nuestro
país presentan ventajas comparativas, hacen muy atrac-
tiva la participación y presencia en este mercado. El
enorme interés de las empresas españolas por asegurar y
diversificar las fuentes de suministro energético hace
necesario reforzar nuestra presencia en una de las princi-
pales zonas suministradoras de estos recursos.
Este Real Decreto se dicta de conformidad con lo esta-
blecido en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y
Funcionamiento de la Administración General del Estado,
como los artículos 11 y 15 del Real Decreto 632/1987, de 8
de mayo, sobre Organización de la Administración del
Estado en el Exterior, y el artículo 4 del Real Decre-
to 2827/1998, de 23 de diciembre, de Organización, Fun-
ciones y Provisión de puestos de trabajo de las Conseje-
rías y Agregadurías de Economía y Comercio en las
Misiones Diplomáticas de España.
En su virtud, a iniciativa conjunta de los Ministros de
Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Industria,
Turismo y Comercio, a propuesta de la Ministra de Admi-
nistraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 8 de noviembre de 2007,
D I S P O N G O :
Artículo 1. Creación de la Consejería de Economía y
Comercio.
Se crea la Consejería de Economía y Comercio de la
Misión Diplomática Permanente de España en Omán, con
sede en Mascate que se articula como Oficina Económica
y Comercial de dicha Misión Diplomática.
Artículo 2. Dependencia funcional, administrativa y pre-
supuestaria.
A efectos de garantizar la unidad de acción adminis-
trativa en el exterior, la Oficina Económica y Comercial de
Mascate actuará bajo la superior dirección y coordinación
del Jefe de las Misión Diplomática Permanente de España
en dicho país, dependiendo funcional, administrativa y
presupuestariamente de la Secretaría de Estado de
Turismo y Comercio del Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio.
Disposición adicional única. Estructura orgánica de la
Oficina Económica Comercial y fecha de creación.
La estructura orgánica de la Oficina Económica y
Comercial creada será la que se determine en la corres-
pondiente relación de puestos de trabajo de personal
funcionario y en el catálogo de personal laboral en el
exterior.
Se procurará que esta Oficina Económica y Comercial
esté operativa antes del 1 de septiembre de 2008.
Disposición final primera. Desarrollo normativo.
Los Ministros de Asuntos Exteriores y de Coopera-
ción, de Industria, Turismo y Comercio y de Administra-
ciones Públicas, previo cumplimento de los trámites lega-
les oportunos, dictarán las disposiciones necesarias para
el desarrollo de lo previsto en el presente Real Decreto y
promoverán las restantes medidas para su aplicación.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado».
Dado en Madrid, el 12 de noviembre de 2007.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Administraciones Públicas,
ELENA SALGADO MÉNDEZ

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