Dosier legislativo de la Orden ISM/835/2023, de 20 de julio, por la que se regula la situación asimilada a la de alta en el sistema de la Seguridad Social de las personas trabajadoras desplazadas al extranjero al servicio de empresas que ejercen sus actividades en territorio español

El BOE de 22 de julio de 2023 publica la Orden ISM/835/2023, de 20 de julio, por la que se regula la situación asimilada a la de alta en el sistema de la Seguridad Social de las personas trabajadoras desplazadas al extranjero al servicio de empresas que ejercen sus actividades en territorio español, con entrada en vigor el 1 de noviembre de 2023.

La presente orden tiene como finalidad proceder a una nueva regulación de la materia transcurridos más de cuarenta años desde la aprobación de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de 27 de enero, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 166.3 de la Ley General de la Seguridad Social.

Contexto normativo

En el año 1977, mediante la Orden del Ministerio de Trabajo, de 28 de junio, por la que se regula la situación asimilada a la de alta en el Régimen General de la Seguridad Social de los trabajadores trasladados fuera del territorio nacional al servicio de empresas españolas, se procedió por primera vez a la regulación de esta situación.

Más adelante, con el fin de proceder a su actualización, respecto de supuestos no contemplados en la disposición citada, así como a revisar y a aclarar ciertos conceptos incluidos en la misma tuvo lugar la aprobación de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de 27 de enero de 1982.

Transcurridos más de cuarenta años desde la entrada en vigor de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de 27 de enero, y atendiendo a los numerosos convenios bilaterales de Seguridad Social firmados por parte de España, las numerosas modificaciones de la normativa interna en materia de Seguridad Social, el resto de cambios normativos a lo largo de cuatro décadas en esta materia, y a que la práctica empresarial consistente en desplazar a una parte de su plantilla fuera del territorio nacional ha ido creciendo en las últimas décadas, se plantea la necesidad de proceder a una nueva regulación de esta materia.

Consecuentemente, mediante esta orden se persigue dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 166.3 de la Ley General de la Seguridad Social, que remite a la regulación reglamentaria las condiciones y el alcance de la situación asimilada a la de alta de las situaciones que en el mismo se contemplan, entre ellas, el supuesto de los trabajadores y trabajadoras trasladadas por su empresa fuera del territorio nacional.

Principales novedades

Las novedades más destacables que incorpora la Orden ISM/835/2023, de 20 de julio, por la que se regula la situación asimilada a la de alta en el sistema de la Seguridad Social de las personas trabajadoras desplazadas al extranjero al servicio de empresas que ejercen sus actividades en territorio español, son:

* La normativa se configura en torno a dos grandes ejes. En primer lugar, el desplazamiento por su empresa de una persona trabajadora a un país en el que no resulte aplicable ningún instrumento internacional en materia de coordinación de los sistemas de Seguridad Social o en el que, aun siendo...

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