Dosier legislativo de la Directiva (UE) 2023/2673 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de noviembre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2011/83/UE en lo relativo a los contratos de servicios financieros celebrados a distancia y se deroga la Directiva 2002/65/CE

El DOUE de 28 de noviembre de 2023 publica la Directiva (UE) 2023/2673 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de noviembre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2011/83/UE en lo relativo a los contratos de servicios financieros celebrados a distancia y se deroga la Directiva 2002/65/CE, con entrada en vigor el 18 de diciembre de 2023.

La presente Directiva tiene como objetivo dotar de una mayor protección a los consumidores que celebren contratos de servicios financieros a distancia, para ello se busca garantizar que el consumidor comprende el servicio financiero que ofrece el comerciante antes de firmar el contrato, concretando, asimismo, el derecho de desistimiento y la información contractual en este tipo de contratos.

Contexto y objetivos de la norma

El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea establece el deber de la Unión Europea de contribuir al logro de un alto nivel de protección del consumidor. En el marco de los contratos de servicios financieros celebrados a distancia, la Directiva 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, establece disposiciones en el ámbito de la Unión relativas a la comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores; por su parte, la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en particular regula las disposiciones aplicables a los contratos a distancia para la venta de bienes y la prestación de servicios, celebrados entre un comerciante y un consumidor.

La digitalización ha contribuido a evoluciones del mercado que no se habían previsto en el momento de adoptarse la Directiva 2002/65/CE, motivo por el cual, para salvaguardar la libertad de elección de los consumidores, es necesario modificar la normativa vigente, concretando el grado de protección de los consumidores con el objetivo de aumentar la confianza de los mismos en la venta a distancia. Algunas de las cuestiones que no se encontraban previstas por la citada directiva son las relativas a la forma y el momento en que debe proporcionarse información al consumidor. A consecuencia de esto resulta necesario establecer normas que proporcionen seguridad jurídica y transparencia a los comerciantes y que ofrezcan a los consumidores en todos los Estados miembros derechos y obligaciones con fuerza jurídica obligatoria.

Novedades introducidas
Acuerdo inicial en los contratos a distancia celebrados entre un comerciante y un consumidor

Se modifica el artículo 3 de la Directiva 2011/83/UE introduciéndose el siguiente...

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