SAP Las Palmas 148/2007, 28 de Marzo de 2007

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Las Palmas, seccion 4 (civil)
Número de resolución148/2007
Fecha28 Marzo 2007

Iltmos. Sres.-

PRESIDENTE: Don Víctor Caba Villarejo

MAGISTRADOS: Doña Emma Galcerán Solsona

Don Víctor Manuel Martín Calvo

SENTENCIA

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 28 de marzo 2007

VISTAS por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Las Palmas GC en los autos referenciados (Juicio Ordinario nº 1105/03) seguidos a instancia de Luis Giner Díaz, SL, parte apelante, representada en esta alzada por la Procuradora Dª Mónica Padrón Franquiz y asistida por el Letrado D. Marcos Rebollo Feria contra Compañía Aseguradora Adeslas, SA, parte apelada, representada en esta alzada por el Procurador Don Ángel Colina Gómez y asistida por la Letrada Doña Sonia Sánchez Hernández, siendo ponente el Sr. Magistrado Don Víctor Caba Villarejo, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia No. 8 de Las Palmas GC, se dictó sentencia en los referidos autos de fecha 22 de septiembre de 2004 cuya parte dispositiva literalmente establece: «Que desestimando la demanda formulada por Luis Giner Díaz, SL contra la entidad Adeslas, SA, absuelve a la referida demandada de los pedimentos efectuados en su contra. Todo ello con imposición de las costas del procedimiento a la parte actora.

Y desestimando la demanda reconvencional formulada por la entidad Adeslas, SA frente a Luis Giner Díaz, SL absuelve a la expresada demandada declarando resuelto el contrato de servicios existente entre ambas en fecha 18 de noviembre de 2003, con imposición de las costas de la reconvención a la actora reconviniente».

SEGUNDO

La referida sentencia se recurrió en apelación por la parte actora, interponiéndose tras su anuncio el correspondiente recurso de apelación con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo. Tramitado el recurso en la forma dispuesta en el art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil la parte contraria presentó escrito de oposición al recurso alegando cuanto tuvo por conveniente y seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, y tras la denegación de las pruebas propuestas por la parte recurrente quedaron señalados los autos para estudio, votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso de apelación interpuesto por la entidad demandante contra la sentencia de primera instancia se sustenta en la infracción de normas o garantías procesales consistente en la vulneración del art. 265.3 LEC, puesto que en la contestación a la demanda la entidad apelada declaró que para poder facturar los servicios declarados por el laboratorio era necesario la presentación de los talones de asistencia o volantes. La relevancia de dichos documentos se puso de manifiesto con la contestación a la demanda y al no permitírsele su presentación e incorporación a los autos la sentencia apelada estimó insuficientes los documentos de la demanda y desestimó la petición de la parte actora.

La apelante intentó presentar los documentos en el acto de la audiencia previa. Al ser denegada su aportación interpuso...

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