SAP Valencia 599/2007, 25 de Septiembre de 2007

PonenteCARLOS ESPARZA OLCINA
ECLIES:APV:2007:2535
Número de Recurso713/2007/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución599/2007
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

599/2007

Rollo nº : 713-07

Sección 10ª

SENTENCIA Nº: 599-07

SECCIÓN DECIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Presidente, D. José Enrique de Motta García España

Magistrados:

Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda

D. Carlos Esparza Olcina

En Valencia a, veinticinco de septiembre de dos mil siete.

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de divorcio nº 330-06, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Gandia, entre partes, de una como demandante-apelado, D. Alvaro, dirigido por el Letrado D./Dña. Dolores Pellicer Bosch, y representado por el Procurador D./Dña. Sara Alonso Puig, y de otra como demandado-apelante, doña Gema, dirigida por el letrado D./Dña. Ana Mª Castellá Sanchis y representada por el Procurador D.Dña. Lucia Espi Nieto. Y siendo parte el MINISTERIO FISCAL.

Es ponente el Ilmo. Sr. Don Carlos Esparza Olcina.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de Primera Instancia nº 6 de Gandia, en fecha 17 de enero de 2007, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando en parte la demanda, debo declarar y declaro:

  1. - La disolución por divorcio del matrimonio contraído en fecha 28-9-1996, entre las partes, doña Gema y don Alvaro, con los efectos legales inherentes a dicha declaración, decretando los siguientes:

  2. - No ha lugar a la modificación de las medidas adoptadas en la anterior sentencia de separación de mutuo acuerdo de fecha 1-2-05, dictada por el Juzgado de Primera Instancia n º 4 de los de Gandía, en los autos nº 10-05, salvo los extremos contenidos en los fundamentos jurídicos SEXTO a OCTAVO.

  3. - Se desestiman las demás pretensiones aducidas por las partes en el presente procedimiento.

  4. - No se aprecian motivos para imponer las costas procesales a ninguno de los litigantes."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal de la demandada se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia, y realizado el emplazamiento, se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día de hoy para la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista, al no haberse considerado necesaria ésta ni practicado ninguna diligencia de prueba.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La demandada interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número 6 de Gandía el día 17 de enero de 2.007, que acordó el divorcio de los litigantes, atribuyó a la recurrente la guarda de un hijo de 7 años de edad, reconociendo un régimen de comunicación para regular las relaciones con el actor, y estableció a cargo del demandante la obligación de pagar la suma de 400 euros al mes en concepto de alimentos para el hijo, y la de pagar 490 euros al mes a la demandada en concepto de pensión compensatoria, durante tres años, reduciendo así la fijada, con una cuantía de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 27 de Octubre de 2009
    • España
    • 27 Octubre 2009
    ...la Sentencia dictada, con fecha 25 de septiembre de 2007, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 10ª), en el rollo de apelación nº 713/2007 dimanante de los autos de juicio de divorcio nº 330/2006 del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de - Mediante Providencia de 22 de noviembre d......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR