Orden de 4 de junio de 2009, por la que se delimitan las áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración de las especies de aves incluidas en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas y se dispone la publicación de las zonas de protección existentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía en las que serán de aplicación las medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en las líneas eléctricas aéreas de alta tensión.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyOrden

El incremento del número de líneas y tendidos eléctricos instalados en el medio natural supone un riesgo de electrocución o de colisión de la avifauna en dichas infraestructuras, sobre todo para algunas especies incluidas en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas, regulado en el artículo 25 de la Ley 8/2003 de la flora y la fauna silvestres. Consecuentemente, la normativa andaluza, a través del Decreto 178/2006, de 10 octubre, por el que se establecen normas de protección de la avifauna para las instalaciones eléctricas de alta tensión, tiene como objeto el establecimiento de las condiciones técnico-ambientales exigibles a las instalaciones eléctricas aéreas de alta tensión, que discurran por el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el fin de minimizar los riesgos de mortalidad de la avifauna por electrocución y colisión con las mismas.

El Real Decreto 1432/2008, de 29 agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, dispone para las Comunidades Autónomas obligaciones de establecimiento de Zonas de Protección. Así pues, en su artículo 4.1.c) prescribe la delimitación de las áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de aquellas especies de aves incluidas en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas, previo informe de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, correspondientes a su ámbito territorial. De acuerdo a lo dispuesto en el citado Real Decreto, se procede a delimitar las citadas áreas mediante la presente Orden, con el objetivo de que en ellas se produzca el ajuste a las prescripciones técnicas establecidas en él para las líneas afectadas.

En el proceso de identificación de las citadas áreas, se han seleccionado en primer lugar las especies con mayor riesgo de electrocución o colisión, Avutarda (Otis tarda), Águila perdicera (Hieraaetus pennatus), Cigüeña negra (Ciconia nigra), Milano real (Milvus milvus), Alimoche (Neophron percnopterus), Águila real (Aquila chrysaetos), Águila imperial ibérica (Aquila adalberti), Buitre negro (Aegypius monachus) y Aguilucho cenizo (Circus pygargus), de las que a su vez se tiene suficiente información sobre sus zonas de concentración y reproducción, gracias a los diferentes programas de conservación y seguimiento de fauna amenazada desarrollados por la Consejería de Medio Ambiente. Por último, a las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR