La discriminación retributiva por razón de sexo velada por los Sistemas de Clasificación Profesional. Comentario a la STJUE de 3 de junio de 2021, caso Tesco Store
Autor | José Miguel Sánchez Ocaña |
Cargo | Personal Investigador en Formación (FPU)1. Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universitat de València |
Páginas | 139-149 |
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1. DIFERENCIAS RETRIBUTIVAS Y BRECHA SALARIAL1
Las diferencias retributivas o salariales entre mujeres y hombres por la reali-
zación de un trabajo igual o de igual valor son una realidad evidente y notoria
desde la incorporación de las trabajadoras al mundo laboral. Si bien en un ini-
cio se debían, sobre todo, a políticas de exclusión y de protección paternalista,
actualmente las manifestaciones de actitudes y conductas discriminatorias
están, en ocasiones, encubiertas o enmascaradas tras criterios aparentemente
objetivos y neutrales, lo que dota de mayor complejidad al fenómeno.
Tomando en consideración los conceptos de cariz jurídico aportados desde
diversas instancias normativas y doctrinales, podemos definir las desigualdades
retributivas por razón de sexo como las diferencias remuneratorias en el ámbito
laboral que se dan en perjuicio de las mujeres a pesar de desempeñar un trabajo
igual o de igual valor que el de los hombres en una organización empresarial2.
El sustrato de esta clase de desigualdades lo constituye un crisol de dinámicas
sociales que desemboca en discriminaciones directas e indirectas por razón de
sexo carentes de justificaciones objetivas y razonables. Entre los factores que
originan esas situaciones hallamos prejuicios asociados a la informalización e
infravaloración del trabajo de cuidados y la injusta valoración de las tareas y fun-
ciones desempeñadas por mujeres en la empresa3, así como estereotipos sociale s
infiltrados en las prácticas empresariales4.
1 Ayudas para la formación de profesorado universitario (FPU) del Ministerio de Universidades.
2 CABEZA PEREIRO, J., “La discriminación retributiva por razón de sexo como paradigma de discrimina-
ción sistémica”, Lan Harremanak, nº 25, 2012, pp. 79-98.
3 La idiosincrasia de un derecho del trabajo históricamente construido en torno a la figura del varón ha
tendido a la omisión de la actividad cuidados, junto a ello, de una jornada y unos permisos laborales que
permitieran la corresponsabilidad. Sobre este asunto, ver GUAMÁN HERNÁNDEZ, “A., Mujeres, reformas
laborales y mercado de trabajo en (la) crisis: ¿recuperación o precarización?”. RTSS-CEF, nº 286, 2015, 1-24.
4 RUIZ FRANCO, A., “La clasificación profesional en perspectiva histórica: desde los gremios hasta nues-
tros días”, en AAVV Un futuro sin brecha, Albacete, Editorial Bomarzo, 2015, pp. 47-76.
1. Diferencias retributivas y brecha salarial. 2. La discriminación indirecta tras las diferencias retributivas. 3.
Clasificación profesional y valoración de puestos discriminatorias: el conflicto subyacente en el caso Tesco. 4.
La resolución de la cuestión prejudicial: interpretación y eficacia del art. 157 TFUE. 5. El horizonte normativo del
principio de transparencia retributiva.
José Miguel Sánchez Ocaña
Personal Investigador en Formación (FPU)1. Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universitat de València.
ANÁLISIS JURISPRUDENCIA
LA DISCRIMINACIÓN RETRIBUTIVA POR RAZÓN DE
SEXO VELADA POR LOS SISTEMAS DE CLASIFICACIÓN
PROFESIONAL. COMENTARIO A LA STJUE DE 3 DE JUNIO DE
2021, CASO TESCO STORE
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