ORDEN ADM/1389/2009, de 17 de junio, por la que se convocan las pruebas selectivas, turno libre y de personas con discapacidad, para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Inspectores de Consumo, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de la bolsa de empleo de este Cuerpo

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyOrden
ANEXO III Tribunal titular Presidente:

D. José M.' Fernández Fernández Vocales:

D.' Mercedes Elvira Espinosa D. Francisco Corzo Delibes D. Rafael Ceña Callejo Secretaria:

D.' María Jesús Potente Esteban Tribunal suplente Presidente:

D. Luis Gómez Iglesias Vocales:

D. José Miguel Martínez Palacios D. Juan Alonso Yagüe D. Julio Martínez Rodríguez Secretario:

D. José Luis Morales Pascual ORDEN ADM/1389/2009, de 17 de junio, por la que se convocan las pruebas selectivas, turno libre y de personas con discapacidad, para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas,

Escala de Inspectores de Consumo, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de la bolsa de empleo de este Cuerpo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 22/2008, de 19 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2008 ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 24 de marzo de 2008) al que se ajustarán estas pruebas selectivas, con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración, la Consejería de Administración Autonómica, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 7.2.k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, acuerda convocar las pruebas selectivas, turno libre y de personas con discapacidad, para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Inspectores de Consumo, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de la bolsa de empleo de esta escala, que se desarrollará con sujeción a las siguientes:

Bases generales Las bases generales por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden ADM/853/2009, de 27 de marzo ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 22 de abril).

Bases específicas Primera. Número y características de las plazas.

Se convoca procedimiento selectivo para cubrir 5 plazas del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Inspectores de Consumo de la Administración de Castilla y León, Subgrupo A2.

De este número se reserva 1 plaza para el turno de personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, o que tengan tal consideración, en los términos que establece el artículo 1.2. de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Una vez cubierta la plaza del turno reservado para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho turno resultando su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del acceso general, serán incluidos por su orden de puntuación en la relación de aprobados.

No se podrán acumular al acceso general las plazas reservadas al turno de personas con discapacidad que resulten desiertas.

1.2. Los aspirantes únicamente podrán participar en uno de los dos turnos.

Segunda. Procedimiento selectivo y calificación.

2.1. El procedimiento de selección será el de oposición y estará formado por los cuatro ejercicios que a continuación se indican, siendo los tres primeros eliminatorios y el cuarto voluntario y de mérito.

Primer ejercicio. Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas sobre materias relacionadas, pero no coincidentes, con los temas del programa que figura en el Anexo I, uno de los cuales se referirá a los temas de las materias comunes y el otro a los de las materias específicas. El tiempo máximo para su realización será de dos horas.

El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal que valorará los conocimientos, la capacidad de análisis, el orden y la claridad de las ideas desarrolladas, así como la corrección de la exposición escrita. Una vez finalizado el primer tema o transcurridos diez minutos de la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Segundo ejercicio. Consistirá en redactar tres temas extraídos al azar por el Tribunal de los que uno pertenecerá a las materias comunes y los otros dos a las materias específicas del programa. El tiempo máximo para su realización será de tres horas.

El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal. Transcurridos diez minutos de la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente. Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas durante un plazo máximo de diez minutos.

Tercer ejercicio. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, a elegir por el aspirante de entre los dos que proponga el Tribunal, relacionado con las materias específicas del programa. Para su resolución los opositores dispondrán de un plazo máximo de tres horas.

El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal. Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas, durante un plazo máximo de diez minutos.

Cuarto ejercicio. Voluntario y de mérito. Consistirá en la traducción, directa y sin diccionario, de un texto propuesto por el Tribunal durante un tiempo máximo de cuarenta minutos. El ejercicio versará sobre el idioma francés o inglés, a elección del aspirante que deberá indicar en la solicitud el idioma por el que opta.

2.2. Calificación.

  1. Los ejercicios eliminatorios se calificarán de cero a diez puntos, siendo necesario para pasar al siguiente ejercicio y aprobar, obtener un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos. El ejercicio voluntario y de mérito se calificará con dos puntos como máximo.

  2. La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios.

  3. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio segundo. De continuar el empate se deshará teniendo en cuenta la mayor puntuación en los ejercicios tercero y primero, por este orden.

    No obstante, en caso de empate en la puntuación final obtenida entre varios aspirantes, si uno de ellos ha participado por el turno de personas con discapacidad, éste ocupará el primer lugar de entre ellos, circunstancia que se aplicará con carácter previo a los criterios generales de prelación establecidos anteriormente.

    Tercera. Programa.

    El programa que rige el procedimiento selectivo figura como Anexo I a esta convocatoria.

    Cuarta. Requisitos de los aspirantes.

    Además de los requisitos enumerados en el apartado cuarto de las bases generales, para ser admitido a la realización de pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes:

    4.1. Tener la nacionalidad española.

    4.2. Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado, o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    Quinta. Solicitudes.

    5.1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado séptimo de las bases generales, quienes deseen participar en este procedimiento deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud que figura en el Anexo I de dichas bases y abonar 23,70 euros por derechos de examen.

    La instancia se rellenará de acuerdo con las instrucciones del Anexo II de la presente convocatoria.

    5.2. La presentación de la instancia de participación podrá efectuarse por cualquiera de las dos formas siguientes:

  4. Presencialmente, en soporte de papel, en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las...

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