DECRETO 119/1992, de 3 de julio, del Presidente, por el que se delega en los titulares de los Centros Directivos del Departamento la competencia para conceder licencias para la realización de estudios.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

El propósito desconcentrador de funciones del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, con la finalidad de alcanzar un mayor nivel de eficacia en la práctica administrativa, atribuyó a los titulares de los centros directivos competencias que tradicionalmente venían siendo asumidas por los miembros del Gobierno.

En efecto, entre otras innovaciones, el Decreto citado asignó a las secretarías generales técnicas y direcciones generales la competencia para resolver sobre las licencias del personal de sus unidades, respetando, como no podría ser de otro modo, el orden competencial establecido en la Ley de la Función Pública Canaria. En ésta se asigna a los Consejeros, en su artículo 48.1, la competencia para la concesión de licencias para la realización de estudios.

No obstante, razones de eficacia y agilidad en la actuación aconsejan que dicha facultad sea ejercida por órganos inferiores al titular del Departamento.

Por ello y de conformidad con lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las...

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