DECRETO 663/1984, de 11 de Octubre, por el que se crean las Direcciones Territoriales de Economía y Comercio de la Consejería de Economía y Comercio.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería Economía y Comercio
Rango de LeyDecreto

Por el Real Decreto 2916/193, de 19 de Octubre, se transfirieron funciones y

servicios y servicios en materia de Disciplina de mercado a la Comunidad Autónoma de Canarias y se le traspasaron los correspondientes servios y medios

personales, materiales y presupuestarios para el ejercicio de aquellas.

Por el Real Decreto 431/1983, de 2 de Diciembre, se asignaron Consejería de Economía y Comercio las funciones servicios traspasados a la Comunidad Autónoma Canarias en materia de disciplina de mercado.

Por el Decreto 422/1984, de 13 de Abril, se reguló la estructura de la Consejera de Economía y Comercio y se asignaron competencias.

Dada la necesidad de crear las Direcciones Territoriales de Economía y Comercio para completar la mencionada estructura y en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 j) de la Ley Territorial 1/1983 , de 14 de Abril, a propuesta del Consejero de Economía y Comercio, previa deliberación del Gobierno de Canarias, en su reunión celebrada el día de Octubre de 1984,

D IS P 0 N G 0

Artículo1°.- 1. Se crean, dependiendo orgánica y funcionalmente de Consejero de Economía y Comercio, que tendrán su sede en Las Palmas de Gran Canarias y Santa Cruz de Tenerife.

2. La Dirección Territorial de Economía y Comercio en Las Palmas de Gran Canaria extenderá su actuación a las islas de Fuerteventura, Gran Canaria y Lanzarote.

3. La Dirección Territorial de Economía y Comercio en Santa Cruz de Tenerife actuará en el ámbito de las islas de El Hierro, La Gomera, La Palma y Tenerife.

Artículo 2°.- Serán...

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