La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Comunidad Valenciana establece la Resolución sobre delegación del ejercicio de competencias en materia de caza, pesca fluvial y de evaluación de repercusiones sobre la Red Natura 2000

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas170-171
Recopilación mensual n. 107, diciembre 2020
170
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 18 de diciembre de 2020
La Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Comunidad
Valenciana establece la Resolución sobre delegación del ejercicio de competencias
en materia de caza, pesca fluvial y de evaluación de repercusiones sobre la Red
Natura 2000
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGV número 8846 de 6 de noviembre de 2020
Palabras clave: Pesca fluvial. Red Natura 2000. Caza.
Resumen:
El Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, establece la estructura orgánica básica de la
Presidencia y de las consellerias de la Generalitat y atribuye a la Dirección General de Medio
natural y de Evaluación Ambiental el ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 70
de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, y las demás previstas en
el ordenamiento jurídico, en materia de espacios naturales protegidos y biodiversidad; Red
Natura 2000; gestión forestal sostenible y vías pecuarias; caza y pesca deportiva; gestión de
parques naturales, y evaluación ambiental estratégica.
Por otra parte, el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Agricultura, Medio
Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, aprobado mediante Decreto 158/2015, de
18 de septiembre, del Consell, atribuyó a la Dirección General de Medio Natural y de
Evaluación Ambiental, en su artículo 13, entre otras, la competencia en materia de espacios
naturales protegidos y biodiversidad, caza y pesca continental. Del mismo modo, en el
artículo 14 del citado Decreto 158/2015, de 18 de septiembre, y bajo la dependencia de la
Subdirección General de Medio Natural, se enumeran algunas unidades administrativas a las
que se atribuyen distintas funciones.
Así, se indica que al Servicio de Vida Silvestre le corresponden las actuaciones de
conservación, gestión y planificación de los espacios de la Red Ecológica Europea Natura
2000, la evaluación de repercusiones de planes y proyectos sobre dicha Red y la gestión de
especies invasoras.
En este sentido, el Decreto 60/2012, de 5 de abril, del Consell, por el que se regula el régimen
especial de evaluación y aprobación, autorización o conformidad de planes, programas o
proyectos que puedan a afectar a la Red Natura 2000, indica en su artículo 5 que el órgano
competente para evaluar las repercusiones sobre la Red Natura 2000 será el órgano gestor de
la Red Natura 2000, considerándose como este a aquella dirección general que dentro de la
conselleria competente en materia de medio ambiente tenga encomendadas las competencias
sobre Red Natura 2000.
Mediante Resolución de 7 de junio de 2012, del entonces director general de Medio Natural,
sobre delegación de competencias en materia de evaluación de repercusiones sobre la Red
Natura 2000, se delegó en los servicios territoriales de Medio Ambiente de las direcciones
territoriales de Alicante, Castellón y Valencia, la tramitación de los expedientes de
repercusiones sobre la Red Natura 2000 de algunos proyectos detallados en su contenido; y

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