ORDEN de 5 julio de 2000, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan las normas para la elaboración de los presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2001. [2000/X5709]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Economia, Hacienda y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN de 5 julio de 2000, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan las normas para la elaboración de los presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2001. [2000/X5709] Preámbulo La política presupuestaria iniciada desde 1996, junto con las medidas de reforma estructural y de liberalización económica, han permitido llevar a cabo una política económica que ha conseguido un elevado crecimiento estable, así como una abundante creación de empleo. Esta política económica ha situado definitivamente a la economía española en una senda de estabilidad en el marco de un sistema liberalizado y flexible. La política presupuestaria va a seguir jugando un papel fundamental, en las dos direcciones que han definido su orientación reciente: por un lado, contribuirá a mantener el marco de estabilidad económica que garantiza el crecimiento duradero; por otro, seguirá impulsando las políticas públicas que más favorecen el crecimiento, el empleo y la cohesión social. Esta doble orientación estará plenamente presente en los presupuestos de la Generalitat Valenciana para el 2001. En primer lugar, culminado el proceso de consolidación fiscal iniciado a mediados de 1996, se fija se fija como objetivo para el próximo ejercicio el equilibrio presupuestario. Este equilibrio presupuestario abre una nueva etapa en la que se podrá instaurar el equilibrio de las finanzas públicas como principio presupuestario a largo plazo. En este contexto, y ahora que la economía española se encuentra en una etapa de expansión, es fundamental, no sólo cumplir con la consolidación fiscal, sino aprovechar ese mayor ritmo de crecimiento para conseguir reducir el nivel de endeudamiento, utilizando como actuación básica la política de contención del gasto, aplicando las medidas de mejora en la gestión económica y organizativa. En segundo lugar se van a seguir impulsando aquellos componentes del gasto que tienen una incidencia mayor sobre el potencial de crecimiento y la competitividad, contribuyendo así a asegurar la continuidad del crecimiento en la producción y el empleo. La política presupuestaria debe contribuir a dinamizar nuestra economía, actuando esencialmente en los sectores productivos, especialmente en las pequeñas y medianas empresas, en el proceso de formación del ahorro, con reasignaciones de gasto hacia políticas que tengan una mayor influencia sobre la oferta productiva, y la creación de empleo. De tal manera que para el próximo ejercicio el Gobierno Valenciano seguirá incidiendo en aquellas políticas que hasta ahora han conseguido que la Comunidad Valenciana alcance la mayor tasa de descenso interanual de paro registrado en relación con el resto del Estado español, consiguiendo asimismo rebajar la barrera del 8,0% y alcanzado descensos históricos en el paro femenino. Ahora bien, la contención del gasto debe ser compatible con el mantenimiento y mejora de la prestación social, para ello se considera fundamental seguir consolidando los mecanismos de superación de las desigualdades socioeconómicas, contribuyendo a establecer mecanismos de solidaridad y compensación social, incidiendo en que los recursos sean usados de forma óptima, aumentando la gama de elección de servicios y que se proporcionen con mayor claridad y flexibilidad para satisfacer las necesidades de los usuarios. De acuerdo con el firme empeño del Gobierno Valenciano de sanear las cuentas públicas y garantizar la consecución del equilibrio presupuestario, sin que esta reducción del déficit suponga la pérdida de calidad de los servicios públicos fundamentales, ni la renuncia a la ejecución de proyectos significativos, se establecen los siguientes criterios generales de presupuestación: Se aplicará una estricta política de racionalización del gasto de la Generalitat, utilizando entre otros, mecanismos que posibiliten una política racional de compras, una oferta de empleo publica selectiva y una mejora en la gestión económica y organizativa. Se garantizará el nivel de prestación actual en los programas de asistencia sanitaria, enseñanza, y servicios sociales, si bien, se pretenderá mejorar en la calidad de su prestación, introduciendo criterios de racionalización y modernización. Todo ello sin olvidar el impulso a la cultura, al medio ambiente y a la vivienda. Se dará prioridad a los programas de gasto con mayor repercusión sobre el dinamismo económico y la generación de empleo y, en particular a la inversión en infraestructuras productivas, educativas y de investigación y a las políticas activas de empleo. En consecuencia, en uso de las facultades que me confiere el Decreto 26/1991, de 26 de junio, que aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, en sus artículos 23 y 24, DISPONGO 1. Ámbito de aplicación Las normas contenidas en la presente orden serán de aplicación: a) A la administración de la Generalitat Valenciana. b) A las entidades autónomas y otros organismos públicos. c) A las empresas de la Generalitat Valenciana comprendidas en el artículo 5.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana. 2. Órganos participantes en el proceso de elaboración del presupuesto de la Generalitat Valenciana y tramitación del anteproyecto 2.1 Son órganos competentes en la elaboración del presupuesto de la Generalitat Valenciana para el año 2001: 2.1.1 La Dirección General de Tributos, elaborará, la información necesaria que permita cuantificar los capítulos I, II, III y V del Presupuesto de Ingresos y los beneficios fiscales. 2.1.2 La Dirección General de Economía cuantificará, los Fondos Estructurales (FEDER, FSE, FEOGA-Orientación) FEOGA-Garantía, IFOP, los Fondos de Cohesión y cualquier otra fuente financiera procedente de la Unión Europea, así como el Fondo de Compensación Interterritorial, y las aplicaciones presupuestarias correspondientes a todos ellos y que se consideren susceptibles de financiación en ese momento. 2.1.3 Los órganos superiores de la Generalitat y las consellerias elaborarán las propuestas ajustadas a las leyes que sean de aplicación, a los acuerdos y directrices aprobados por el Consell y a las normas y criterios que se señalan en esta disposición relativas a: Modificaciones del articulado del proyecto de ley de presupuestos y, en su caso, proyecto de ley de medidas de acompañamiento. Modificaciones de los servicios presupuestarios, programas presupuestarios, líneas de subvención, proyectos de inversión y, en general, de asuntos presupuestarios. Anteproyecto del estado de gastos de su presupuesto. Las previsiones de los ingresos afectos a los programas por ellos desarrollados. Los anteproyectos de los estados de recursos y dotaciones de los organismos a ellas adscritos, formando un solo presupuesto para cada organismo que comprenderá todas las actuaciones, operaciones y servicios que deban realizarse en virtud de las funciones que tengan asignadas, manteniendo la coherencia de las transferencias reflejadas en los estados de gastos de las consellerias y los estados de ingresos de los organismos. En el caso de los gastos afectos a financiación comunitaria, se entenderá como ingresos previstos los que se deriven de las propuestas formalmente presentadas. 2.1.4 Las empresas y otros entes públicos de la Generalitat elaborarán sus programas de actuación, inversiones y financiación, así como los presupuestos de explotación y de capital, ajustados a lo dispuesto en las normas que las regulan. En el caso de los gastos afectos a financiación comunitaria, se entenderá como ingresos previstos los que se deriven de las propuestas formalmente presentadas. La remisión de los anteproyectos correspondientes se efectuará a través de las secretarías generales de las consellerias a las que estén adscritos. 2.2 Corresponde a la Subsecretaría de Política Presupuestaria y Tesoro: La elaboración de los escenarios de ingresos y gastos. La obtención, análisis y agregación, en su caso, de los datos, antecedentes, informes y estadísticas necesarios para la elaboración de los estados de gastos e ingresos presupuestarios, a tal fin recabará la información necesaria de los distintos...

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