ORDEN TAS/3868/2006, de 20 de diciembre, por la que se modifica la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 13 de abril de 1994, por la que se dictan normas de desarrollo del Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, en lo relativo al cómputo de alumnos que finalizan el curso, y a la actualización de las cuantías económicas de las subvenciones y ayudas recogidas en la misma.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2007
MarginalBOE-A-2006-22357
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

La gestión del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional ha venido planteando la necesidad de actualizar los importes económicos a aplicar para el pago de las subvenciones a las entidades colaboradoras y alumnos que participan en las acciones formativas del citado Plan, actualización que tuvo lugar por última vez mediante la Orden TAS/466/2002, de 11 de febrero (BOE de 6 de marzo).

Dado el tiempo transcurrido desde la citada actualización, se aumentan las cantidades aprobadas entonces y se fija su importe máximo.

Asimismo, para incentivar y fomentar las prácticas profesionales de carácter no laboral, se aumentan las cuantÃas de las compensaciones económicas a las empresas donde los alumnos realizan aquéllas en un 25 por ciento.

Además, se añaden a la obtención de un empleo, nuevas causas en las cuales se entenderá que los alumnos, pese a no completar la acción formativa, se computarán como alumnos finalizados, modificando la redacción dispuesta mediante la Orden de 20 de septiembre de 1995 (BOE de 14 de octubre).

En su virtud, previo informe de la AbogacÃa del Estado y de la Intervención Delegada, he tenido a bien disponer:

ArtÃculo único. Modificación de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 13 de abril de 1994, por la que se dictan normas de desarrollo del Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional.

Los artÃculos 10.4, 12.2 y 17.7 y los Anexos I, II y IV de la Orden de 13 de abril de 1994, por la que se desarrolla el Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, quedan redactados en los siguientes términos:

ArtÃculo 10. Subvenciones a Centros Colaboradores.

«4. Se computarán como alumnos que han finalizado el curso aquéllos que tuvieran que abandonarlo por haber encontrado empleo o por cualquier otra causa que, a juicio del Servicio Público de Empleo Estatal o la Comunidad Autónoma correspondiente, se considere debidamente justificada.

Si el abandono fuera en la primera mitad del curso, se intentará la sustitución de aquéllos.

Cuando en la segunda mitad del curso se produzca una disminución en el número de alumnos no imputable al centro colaborador, de hasta un máximo de dos, la parte A) del módulo se liquidará por su totalidad.»

ArtÃculo 12. Prácticas en empresas.

« 2. La compensación económica a las empresas por prácticas profesionales será por una cuantÃa máxima de 13,50 euros por alumno y dÃa de prácticas.»

ArtÃculo 17. Becas y ayudas a alumnos.

«7. Los importes máximos de las becas y ayudas a los alumnos serán los siguientes:

  1. La beca tendrá una cuantÃa de 6,40 euros/dÃa lectivo.

  2. La ayuda en concepto de transporte y manutención tendrá una cuantÃa de 9,70 euros/dÃa lectivo. En el caso de un formador que asista a un curso del Plan Anual de Formación de Formadores esta ayuda será de 16,00 euros/dÃa lectivo.

    En el supuesto a...

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