ORDEN DE 31 DE MAYO DE 1996 por la que se dictan las Normas para la elaboracion de los Presupuestos generales del Estado para 1997.

MarginalBOE-A-1996-12577
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La celebración de las elecciones generales del 3 de marzo y la posterior formación del nuevo Gobierno han obligado a retrasar el calendario de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 1997 y acortar los plazos normales para la cumplimentación y remisión de la diversa documentación presupuestaria que ha de integrar los estados económicos-financieros del Presupuesto. Ello no obstante, el Gobierno ya ha iniciado el proceso de definición de objetivos y diseño de la política presupuestaria del próximo ejercicio, con la aprobación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de mayo de 1996, por el que se establecen las directrices para la elaboración del Presupuesto del Estado para 1997. Los Presupuestos Generales del Estado para 1997 van a tener una importancia decisiva cara a la instrumentación de la política económica del Gobierno, cuya orientación se dirige a fortalecer las condiciones que permitan elevar el potencial de crecimiento de la economía española. Desde una perspectiva a medio plazo, ésta es la única vía para impulsar el proceso sostenido y estable de creación de empleo, para renovar el modelo de protección social, sobre bases que consoliden y mejoren los niveles de bienestar social alcanzados, y para avanzar en el proceso de convergencia real con Europa.

Esta orientación de la política económica exige actuar a través de medidas de carácter macroeconómico y de orden estructural, en dos direcciones fundamentales: Por una parte, reducir los desequilibrios básicos, especialmente en materia de déficit público, y, por otra, acelerar las reformas necesarias para aumentar la competitividad y la capacidad de generación de empleo de la economía. Estos dos frentes de actuación son esenciales para garantizar un entorno de estabilidad y un funcionamiento más fluido y eficaz del sistema económico, lo que asegurará el crecimiento equilibrado a medio plazo, vinculando de esta forma el esfuerzo de saneamiento de nuestra economía a la convergencia real y, por tanto, a las posibilidades de elevación permanente del bienestar económico y social.

Pero, además, la coyuntura actual refuerza esta orientación de la política económica por dos razones. En primer lugar, por la ralentización del ritmo de crecimiento económico que se viene registrando en los últimos meses. Aunque las perspectivas a corto plazo son más favorables es necesario intensificar las acciones de política económica dirigidas a dinamizar el proceso actual de crecimiento. En segundo lugar, la economía española deberá realizar en los próximos meses un importante esfuerzo para presentar el balance de convergencia exigido para acceder a la fase definitiva de la Unión Económica y Monetaria europea. En este sentido, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Tratado de Maastricht, en particular los relativos a las finanzas públicas, es el reto más inmediato y objetivo irrenunciable de la política económica del Gobierno.

Estas consideraciones destacan la importancia del Presupuesto para 1997 como uno de los ejes fundamentales y principal referencia de credibilidad de la política económica instrumentada. El objetivo prioritario de la política presupuestaria para 1997, tal como ha quedado formulado en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de mayo, es cumplir el criterio de déficit establecido en Maastricht y de acuerdo con la senda prevista en el Programa de Convergencia de 1994, que fija para las Administraciones Públicas Centrales un objetivo de déficit en 1997 del 2,7 por 100 del Producto Interior Bruto. El cumplimiento de este objetivo es esencial, tanto por la estricta exigencia de la convergencia presupuestaria, como para contribuir a consolidar un marco favorable para la corrección de otros desequilibrios, especialmente en materia de inflación y tipos de interés.

La reducción del déficit público debe lograrse a través de actuaciones definidas, tanto en la vertiente de los ingresos como de los gastos públicos, a partir de un modelo de presupuestación basado en los principios de optimización de los recursos disponibles, racionalización y austeridad en su asignación funcional y control y eficacia en la gestión pública y realización del gasto. En el contexto económico actual, esta línea de política fiscal permitirá reestructurar los programas presupuestarios, haciendo compatible la restricción financiera global exigida por el objetivo de déficit con otras prioridades básicas de la política presupuestaria, al tiempo que permitirá lograr una Administración más eficiente orientada a mejorar la calidad y prestación efectiva de los servicios públicos.

En este sentido, el Presupuesto de 1997 preservará los niveles de cobertura y protección del gasto social, mejorando la eficiencia y calidad de las prestaciones básicas, y respetará, en particular, la capacidad adquisitiva de las pensiones. Junto a ello, se adoptarán medidas, tanto en la esfera del gasto como del ingreso, que impulsen el desarrollo de la economía productiva. En particular, se mantendrá la prioridad de los programas de inversión pública productiva y aquéllos que posibiliten la plena utilización de los fondos estructurales disponibles, así como de las políticas activas de fomento del empleo.

Por otra parte, en 1997 se seguirá avanzando en una línea de eficiencia en el funcionamiento ordinario de la Administración, con actuaciones de reorganización administrativa, que continúen la reforma iniciada con el Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, de reestructuración de Departamentos ministeriales, y de racionalización de las políticas de personal y de compras y adquisiciones de bienes corrientes y servicios, lo que se traducirá en economías efectivas y en una disminución apreciable de los costes de funcionamiento de la Administración, logrando con ello que los gastos corrientes inherentes a la actividad administrativa se sitúen en 1997 por debajo del incremento del Índice de Precios al Consumo previsto para el próximo ejercicio.

Asimismo, se potenciarán los mecanismos de control y seguimiento del gasto, desarrollando procedimientos que permitan la detección puntual de cualquier desviación que pueda poner en peligro el objetivo de déficit establecido, adoptando, en su caso, las medidas correctoras que sean necesarias.

Estos criterios de austeridad, racionalidad y control del gasto, que habrán de operar en el conjunto de los Presupuestos Generales del Estado deberán también extenderse al ámbito del sector público empresarial, revisando, en particular, los contratos-programa y la política de subvenciones públicas, que deberán subordinarse al logro de una mayor eficiencia del sistema económico y productivo general.

Por último, y aunque el esfuerzo de reducción del déficit público debe centrarse en la disminución estructural del gasto, también deberán aprovecharse las posibilidades del sistema fiscal. En el contexto actual de menor crecimiento económico, y dado los niveles de presión fiscal alcanzados, esto exige introducir medidas que permitan, por una parte, estimular la reactivación económica y, en particular, la inversión productiva y la creación de empleo, y, por otra, mejorar la gestión del sistema tributario, destacando las actuaciones encuadradas en la lucha contra el fraude fiscal, lo que permitirá aumentar el rendimiento del sistema fiscal, ajustando el crecimiento de los ingresos a la tasa prevista para el Producto Interior Bruto nominal y sin que ello suponga un aumento de la presión fiscal individual.

Estas directrices, prioridades y criterios de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 1997 son los que permiten restablecer la credibilidad del principal instrumento de la política económica que constituyen estos primeros Presupuestos completos de la presente legislatura, cuyo contenido y orientación definen una línea de acción beligerante en la consecución de los objetivos de estabilidad y crecimiento económico y en el cumplimiento del objetivo inmediato e irrenunciable de déficit público previsto en el Tratado de Maastricht.

El diseño de la política presupuestaria y la formación de las líneas de decisión del Presupuesto exige potenciar el papel de los órganos que, desde la perspectiva de asignación funcional de los recursos, intervienen en el proceso de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado. La principal novedad para este ejercicio es la constitución de la Comisión de Políticas de Gasto, bajo la presidencia del Vicepresidente segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, que asumirá, ampliando su nivel de decisión, las funciones de la anterior Comisión Funcional del Presupuesto. Esta Comisión concretará las prioridades de las distintas políticas de gasto, de acuerdo con los objetivos y directrices de la política presupuestaria del Gobierno y dentro de la capacidad global de gasto disponible para 1997.

Por su parte, las Comisiones de Análisis de Programas revisarán los programas de gasto, con objeto de determinar su validez dentro del contexto de objetivos y prioridades establecidos por la Comisión de Políticas de Gasto, y elevarán propuestas en torno al mantenimiento, modificación o supresión de cada programa, así como los niveles de ejecución de los objetivos y los recursos necesarios para alcanzarlos, compatibles con los límites disponibles para la realización de las respectivas políticas de gasto.

Finalmente, y por lo que se refiere a la clasificación funcional y de programas que contiene la presente Orden, se mantiene la estructura presupuestaria vigente, sin perjuicio de que a lo largo del proceso de elaboración presupuestaria la Dirección General de Presupuestos pueda autorizar las modificaciones que se consideren necesarias para adaptar dicha clasificación funcional a las exigencias de una gestión pública más eficiente.

Por todo lo cual, en virtud de lo dispuesto en los artículos 9, 52, 53, 54, 88 y 148 del texto refundido de la Ley General...

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