ORDEN de 3 de mayo de 1999 por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2000.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Mayo de 1999
MarginalBOE-A-1999-10149
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN de 3 de mayo de 1999 por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2000.

La política económica aplicada desde 1996 ha producido un importante cambio en las expectativas de los agentes económicos que refleja la confianza en el nuevo patrón de comportamiento de la economía española, caracterizado por la compatibilidad de un crecimiento sostenido y generador de empleo con la corrección de los desequilibrios macroeconómicos básicos. Esta política económica es la que ha permitido alcanzar la convergencia nominal que ha llevado a España a participar en el inicio de la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria europea como socio fundador del euro, pero, sobre todo, es la que ha situado definitivamente a la economía española en una senda de estabilidad en el marco de un sistema productivo más liberalizado y flexible que asegura el buen funcionamiento de nuestra economía en la moneda única.

La continuidad de esta política económica es esencial para aprovechar los efectos beneficiosos derivados de la participación española en la zona euro y avanzar en el proceso de convergencia real con nuestros socios europeos. Para ello la política económica seguirá acentuando el perfil instrumentado en los últimos años, articulado en una política rigurosa de estabilidad centrada en la consolidación fiscal, a partir de la reducción permanente del peso del gasto público en la economía, y en la profundización de políticas de oferta y reforma estructural en mercados y sectores claves. Con ello se va a conseguir, por una parte, mantener la estabilidad macroeconómica que garantizará la prolongación de la fase expansiva actual y, por otra, incrementar la elasticidad empleo/producto implícita en nuestro modelo de crecimiento económico. Es decir, el principal objetivo de la política económica en los próximos años es incrementar el potencial de crecimiento como requisito indispensable para aproximarnos paulatinamente a los niveles de renta per cápita, empleo y bienestar europeos.

Estas directrices básicas de política económica aparecen recogidas en el Programa de Estabilidad recientemente aprobado por el Gobierno para el período 1998-2002, que constituye la referencia fundamental para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado del próximo ejercicio. Dicho Programa establece como objetivo prioritario de la política presupuestaria culminar el esfuerzo de reducción del déficit público iniciado en 1996, para alcanzar un superávit presupuestario en el año 2002.

Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2000 se van a ajustar rigurosamente a la senda de consolidación fiscal prevista, haciendo compatible, además, el contexto de reducción del déficit y gasto público que incorporan con un esfuerzo adicional en inversión pública y en mejora de la calidad de los servicios públicos que se prestan a los ciudadanos.

La reducción del déficit público continuará basándose en una política de contención del gasto corriente y, dentro de éste, se incidirá especialmente en el componente primario, es decir, excluidos los intereses de la deuda, facilitando el proceso de disminución de la ratio de deuda/PIB y con ello la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo. Para ello, se seguirá aplicando una política racional de compras públicas, una oferta de empleo público selectiva y medidas de mejora de la gestión económica y organizativa, manteniendo de esta forma la línea de austeridad que presentan los gastos de funcionamiento de la Administración desde hace tres años;

se reforzará el control y eficacia en todos los ámbitos del gasto, y se avanzará en la reordenación del sector público empresarial, continuando la línea prevista de privatizaciones y la aplicación de una política de subvenciones públicas subordinada al logro de una mayor eficiencia de este sector. De esta forma, los gastos corrientes, especialmente los inherentes a la actividad administrativa, crecerán por debajo del aumento global del gasto y de la economía, lo que posibilitará, dentro de la restricción financiera global establecida, una mayor dotación de recursos para los gastos de capital.

Los progresos en la contención del gasto realizados en los últimos años permiten que la reducción del déficit público sea compatible, por una parte, con una disminución adicional de la presión fiscal que prolonga los efectos de la reforma del IRPF de 1999 y, por otra, con una reasignación del gasto hacia las políticas que tienen efectos más positivos sobre la oferta productiva, el crecimiento tendencial de la economía y la creación de empleo. Por ello, y dentro del esfuerzo de consolidación fiscal que se plantea en estos Presupuestos, para el próximo ejercicio seguirán siendo prioritarios los gastos en infraestructuras, en I + D, la educación, las políticas activas de empleo y el apoyo a las pequeñas y medianas empresas y a la internacionalización de la empresa española, que complementará a otras medidas de carácter fiscal y financiero. Además, y reforzando la tendencia de los últimos años, la inversión pública volverá a superar el nivel de déficit público, lo que constituye una garantía adicional de la sostenibilidad presupuestaria, en la medida que un volumen creciente de inversión se está financiando con el ahorro generado por la propia Administración sin necesidad de incurrir en un mayor endeudamiento público.

Junto a ello se seguirá mejorando la calidad de los servicios públicos básicos y se mantendrán los niveles y cobertura de las prestaciones sociales básicas, partidas que son esenciales para fortalecer la cohesión y la solidaridad social. Así, las pensiones se actualizarán con la inflación prevista para el año 2000, en aplicación de la cláusula de revalorización automática contemplada en la Ley 24/1997, de 15 de junio, de Consolidación y Racionalización del Sistema de la Seguridad Social, y se aumentarán los recursos destinados a la Sanidad de conformidad con el Acuerdo para la financiación de los servicios de la Sanidad para el periodo 1998-2001, de 27 de noviembre de 1997. Por otra parte, y después del esfuerzo realizado en 1999 en el sistema sanitario, que ha pasado a financiarse íntegramente mediante impuestos, se avanzará en el proceso de separación de

fuentes de financiación de la Seguridad Social contemplado en el Pacto de Toledo, de forma que las prestaciones sociales de carácter no contributivo sean financiadas a partir del próximo ejercicio por el Estado con impuestos, asegurando con ello la suficiencia y equilibrio financieros del Sistema lo que, además, se verá favorecido por la política de reforzamiento de la equidad y el carácter contributivo de las prestaciones, en la línea emprendida en la Ley 24/1997, junto a la continuidad de medidas dirigidas a la mejora de la gestión recaudatoria y lucha contra el fraude.

Estas orientaciones de la política presupuestaria son las que habrán de guiar la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2000, que va a ser el eje fundamental para continuar la senda de política económica que permitirá seguir obteniendo crecimientos diferenciales significativos de renta y empleo con respecto a la media de la Unión Europea y con ello avanzar en el proceso de convergencia real.

A tal efecto, la Comisión de Políticas de Gasto analizará el contenido presupuestario de las políticas y actuaciones públicas, para establecer las prioridades y objetivos que deberán fundamentar las decisiones de asignación de los recursos presupuestarios, así como los límites cuantitativos a tener en cuenta en la elaboración presupuestaria.

Las Comisiones de Análisis de Programas determinarán la adecuación y validez de los programas de gasto y sus necesidades financieras, ordenándolos conforme a las prioridades señaladas por la Comisión de Políticas de Gasto.

Desde la perspectiva institucional, la estructura orgánica de los presupuestos del año 2000 se corresponde con la establecida por la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado 6/1997, de 14 de abril (LOFAGE), al haberse producido ya la adecuación de los diversos organismos y entes públicos a las normas de esta Ley a través de las diferentes leyes y reales decretos de adaptación.

Igualmente, en virtud de lo establecido por el artículo 111 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, las fundaciones públicas sanitarias se asimilan, en su régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y control financiero a las entidades públicas empresariales, por lo se integrarán en los mismos términos que éstas en los Presupuestos Generales del Estado.

Por todo lo cual, en virtud de lo dispuesto en los artículos 9, 52, 53, 54, 88 y 148 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, se aprueban las siguientes normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2000.

1. Criterios de presupuestación y ámbito institucional de los Presupuestos Generales del Estado

Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2000 se orientan a la consecución de los objetivos definidos por la política económica del Gobierno, en el marco previsto de evolución de las principales magnitudes macroeconómicas y dentro del contexto de una programación presupuestaria plurianual. En particular, se respetará el cumplimiento del objetivo fijado al déficit dentro del Programa de Estabilidad 1998-2002.

1.1 Criterios de presupuestación.--La elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2000 se ajustará a los siguientes criterios:

  1. Asegurar los niveles de prestación y cobertura efectiva de los programas de gasto social, garantizando los compromisos relativos a la financiación de la sanidad y al valor de las pensiones.

  2. Mejora de la calidad de los servicios públicos y continuación de la política de contención de las...

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