STSJ Comunidad de Madrid 186/2005, 4 de Marzo de 2005
Ponente | MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJM:2005:2365 |
Número de Recurso | 1152/2001 |
Número de Resolución | 186/2005 |
Fecha de Resolución | 4 de Marzo de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
D. ALFONSO SABAN GODOYDª. MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZD. GERVASIO MARTIN MARTIN
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4
MADRID
SENTENCIA: 00186/2005
Proc. Dª Mª Eugenia PATO SANZ
A del E
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección 4ª
PONENTE SRA. Mª Rosario Ornosa Fernández
RECURSO Nº. 1152 de 2001
SENTENCIA Nº 186
Presidente Ilmo. Sr.
D. Alfonso Sabán Godoy
Magistrados Ilmos. Sres.
Mª Rosario Ornosa Fernández
D. Gervasio Martín Martín
En Madrid a cuatro de marzo de dos mil cinco
Visto el recurso número 1152 de 2001, interpuesto por D. Eduardo, representado por la Procuradora Sra. Pato Sanz y defendido por Letrado, contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 25 de junio de 2001 que desestimó la reclamación efectuada contra la desestimación por parte de la administración de Hacienda de Móstoles de la solicitud de devolución del importe correspondiente a los trimestres segundo, tercero y cuarto del ejercicio 1999 del Impuesto de Actividades Económicas; habiendo sido parte la Administración General del Estado, representada por su Abogacía
La cuantía del presente recurso es inferior a 150.000.- euros.
Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
No solicitado el recibimiento de la prueba, ni trámite de conclusiones; con fecha 3 de 2005 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª Mª Rosario Ornosa Fernández
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
Se impugna por la parte actora en el presente recurso la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 25 de junio de 2001 que desestimó la reclamación efectuada por el actor contra la desestimación por parte de la administración de Hacienda de Móstoles de la solicitud de devolución del importe correspondiente a los trimestres segundo, tercero y cuarto del ejercicio 1999 del Impuesto de Actividades Económicas al haberse dado de baja en el mismo, a partir del citado segundo trimestre de dicho ejercicio.
La Resolución impugnada parte de que al haberse solicitado la devolución cuando a la vez se había solicitado el aplazamiento del pago de la deuda y no haberse efectuado todavía el ingreso de la deuda tributaria era lógico que por la administración se denegase la devolución solicitada.
La parte actora sostiene que ha efectuado dichos ingresos por lo que solicita la devolución en su día reclamada.
Por su parte, la defensa de la Administración General del Estado ha alegado la extemporaneidad del recurso y respecto del fondo la procedencia de la Resolución impugnada.
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