SAP Lugo 13/2000, 17 de Enero de 2000

PonenteREMIGIO CONDE SALGADO
ECLIES:APLU:2000:15
Número de Recurso461/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución13/2000
Fecha de Resolución17 de Enero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

SENTENCIA NUMERO 13

Iltmos Señores

Presidente

Don Remigio Conde Salgado

Magistrados

Don Andrés Neira Medín

Don Xoán Carlos Montes Somoza

En la Ciudad de Lugo a diecisiete de enero de dos mil.

La Iltma Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación, el Rollo de Sala número 461 de

1.998, dimanante de los autos de juicio de menor cuantía número 87 de 1.996 del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción núm. 2 de Mondoñedo , sobre determinación del derecho de habitación; siendo apelante la demandada doña Diana , representado por la Procuradora doña María Angeles Fernández Peinado y bajo la dirección del Letrado Señor López Valle, y como apelada la demandante doña Leonor , representada por la Procuradora doña Raquel Sabaríz García y bajo la dirección Sr. Nogueira Pol, y siendo Ponente el Presidente Iltmo Sr Don Remigio Conde Salgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Que con fecha 27 de junio de 1.997 por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número dos de Mondoñedo, se dictó una sentencia cuya parte dispositiva dice: FALLO: Que estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Fernández Expósito en nombre y representación de doña Leonor contra doña Diana , estableciendo el derecho de habitación del que goza la demanda deberá limitarse a una habitación en la primera planta del inmueble sito en la "finca denominada " DIRECCION000 ", en San Cosme de Barreiros, así como el uso compartido con la actora de cuarto de baño situado en la primera planta, de la cocina, situada en la planta baja, y del desván de la vivienda mencionada; condenando a las partes a estar y pasar por los anteriores pronunciamientos y con expresa imposición de costas a la parte demandada.

  2. - En contra de la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes a fin de que comparecieran ante la misma, lo que así hicieron en tiempo y forma dicha parte recurrente y la parte demandada como apelada, a las que se les dio traslado para su instrucción y una vez hubieron evacuado éste trámite se señaló fecha para la la misma el día 13 de enero de 2000 a las 11,15 horas, en cuyo acto por los Letrados de las partes se hicieron las respectivas peticiones que constan en autos.

  3. Que en estos autos se han observado en ambas instancias todas las formalidades legales.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO 1º.- El derecho de...

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