ORDEN AYG/1496/2009, de 9 de julio, por la que se convocan ayudas destinadas a las explotaciones de vacuno de leche de Castilla y León

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

Edificio Administrativo de la Delegación Territorial Plaza Mariano Granados, 1

42002 - SORIA Edificio Administrativo de la Delegación Territorial C/ Duque de la Victoria, 8

47001 - VALLADOLID Edificio Administrativo de la Delegación Territorial C/ Leopoldo Alas 'Clarín', 4

49018 - ZAMORA RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2009, del Servicio Territorial de Fomento de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia, por la que se descalifica la Vivienda de Protección Oficial que se cita.

Expte.: PVS 51/70.

En el día de la fecha se ha dictado Resolución de Descalificación voluntaria de la vivienda ubicada en C/ Instituto Viejo n.º 4 bis - bajo de Palencia, propiedad de D. Luis Carlos Bretaña Santana, en nombre y representación de CBS 99, S.L., con D.N.I. 15906631S, amparada por el expediente de Viviendas de Protección Oficial n.º PVS 51/70, cuya descalificación fue solicitada por su propietario.

Lo cual se comunica para general conocimiento.

Palencia, 1 de julio de 2009.

El Delegado Territorial,

Fdo.: JOSÉ MARÍA HERNÁNDEZ PÉREZ CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ORDEN AYG/1496/2009, de 9 de julio, por la que se convocan ayudas destinadas a las explotaciones de vacuno de leche de Castilla y León.

El sector de vacuno lechero de Castilla y León ha sufrido en los últimos diez años una profunda restructuración que ha conducido a reducir el número de explotaciones y redimensionar las existentes, haciéndolas más profesionales y competitivas.

Se han hecho grandes inversiones en genética, estructuras, bienes de equipo y cuotas de producción, buscando la mejor viabilidad económica de las explotaciones.

Las tensiones de precios mundiales provocadas en buena parte, por la crisis económica, y la retracción de la demanda han motivado la pérdida de rentabilidad de las explotaciones lecheras españolas, y por consiguiente, las de nuestra Comunidad.

Mediante el Decreto 9/2009, de 29 de enero, la Junta de Castilla y León aprobó un Plan de Apoyo al Sector de Vacuno de leche de Castilla y León para contribuir a reforzar la competitividad de las explotaciones.

En el contexto de este plan y teniendo en cuenta el equilibrio ofertademanda y los bajos precios de la leche en origen, se hace necesario un apoyo extraordinario sujeto al régimen de mínimis según el Reglamento (CE) 1535/2007, de la Comisión, de 20 de diciembre de 2007, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis en el sector de la producción de los productos agrícolas, a todas las explotaciones lecheras, que sirva para paliar las consecuencias derivadas de esta coyuntura. Las Bases Reguladoras de este régimen de ayudas se establecieron mediante la OrdenAYG/1434/2009, de 3 de julio. ('B.O.C. y L.' n.º 127 de 7 de julio).

Este régimen de ayudas se encuentra integrado en el Plan Estratégico de Subvenciones 2009-2011 de la Consejería de Agricultura y Ganadería, aprobado por Orden de esta Consejería de 21 de enero de 2009. En consecuencia procede convocar a través de la presente Orden las ayudas citadas, que se concederán con cargo a los presupuestos de la Comunidad de Castilla y León.

En virtud de lo anterior, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 26.1.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y consultadas las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas y demás entidades relacionadas con el sector,

RESUELVO:

Primero. Objeto y finalidad de la subvención.

  1. La presente Orden tiene por objeto convocar las ayudas destinadas a las explotaciones de vacuno de leche de Castilla y León.

  2. Las ayudas contempladas en esta Orden tienen como finalidad incrementar y apoyar la competitividad de la ganadería de vacuno de leche como actividad central en las zonas rurales.

  3. El presente procedimiento de ayuda se encuentra identificado en el Inventario Automatizado de Procedimientos Administrativos (IAPA) con el número 1.635.

    Segundo. Aplicación presupuestaria.

    Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 0304G.412C01.77085 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año 2009, por un importe de seis millones quinientos mil euros (6.500.000 ).

    Tercero. Beneficiarios.

  4. Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se regulan en esta Orden, las personas físicas, personas jurídicas y comunidades de bienes que, siendo titulares de una explotación de vacuno de leche, localizada en territorio de Castilla y León, cumplan los siguientes requisitos:

    1. Disponer de cuota láctea el 1 de abril de 2009.

    2. Haber realizado entregas de leche durante el primer trimestre de la campaña láctea 2009/2010 (abril, mayo y junio de 2009). Este requisito no será exigible para aquellas explotaciones en las que se haya ordenado un vaciado sanitario durante los tres primeros meses del año 2009.

    3. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

  5. No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).

  6. Cuando la subvención se solicite por una persona jurídica se requerirá que la realización de la actividad subvencionada tenga cabida dentro del objeto o fines sociales de la misma.

  7. Si el solicitante es una persona, física o jurídica, o una comunidad de bienes que tenga la consideración de empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, para poder ser beneficiario de la ayuda deberá acreditar el...

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