DECRETO 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Noviembre de 2008
SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 13.8 del Estatuto de Autonomía establece dentro de los Derechos Sociales, los de las Personas con discapacidad 'las personas de Castilla y León con algún grado de discapacidad tienen derecho a la igualdad de trato y de oportunidades, a la accesibilidad en cualquier ámbito de su vida, así como a las ayudas públicas necesarias para facilitar su plena integración educativa, laboral y social'. Asimismo el Art. 8.2 del citado Estatuto establece que 'corresponde a los poderes públicos de Castilla y León promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los castellanos y leoneses en la vida política, económica, cultural y social.

El fomento del empleo de las personas con discapacidad es una acción prioritaria y de carácter transversal que requiere medidas de acción positiva que posibiliten su plena integración laboral, y por ende social. El presente Decreto tiene por objeto introducir modificaciones en la regulación de las subvenciones de aplicación al conjunto de los órganos y entidades de la Administración General e Institucional de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, con la finalidad de promover la integración laboral de las personas con discapacidad.

Las subvenciones, como instrumento jurídico-económico para el fomento de determinadas actividades y comportamientos considerados de interés general, son la herramienta idónea para promover la integración laboral de las personas con discapacidad. Por ello, a pesar de que la incentivación directa de la contratación de personas con discapacidad mediante la concesión de subvenciones e incentivos, es imprescindible para la consecución de esta finalidad, es necesario potenciar este efecto con otra serie de medidas complementarias, que introduzcan requisitos o criterios de valoración y/o preferencia, de carácter general para todo tipo de subvenciones dirigidas a las empresas y no sólo a las directamente vinculadas a la promoción del empleo de las personas con discapacidad.

La regulación estatal sobre integración laboral de personas con discapacidad está configurada, en primer lugar, por la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, que en su artículo 38.1 recoge la obligatoriedad de que las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores, al menos el 2% sean trabajadores con discapacidad.

Posteriormente, el citado artículo 38.1 es modificado por la disposición adicional trigesimonovena de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social modificada por la disposición adicional decimoséptima de la Ley 24/2001...

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