STSJ País Vasco , 28 de Junio de 2005

PonenteGARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR
ECLIES:TSJPV:2005:2972
Número de Recurso1263/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Social

Voces:

· Despidos y extinción de contrato RECURSO Nº:1263/2005 N.I.G. 00.01.4-05/000609 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a veintiocho de junio de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los Iltmos. Sres. DON PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en Funciones, DOÑA GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR y DON MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI, Magistrados, ha pronunciado, EN NOMBRE DEL REY la siguiente, SENTENCIA En el Recurso de Suplicación interpuesto por DON Leonardo , contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de los de Donostia-San Sebastián, de fecha 14 de Enero de 2005 , dictada en proceso que versa sobre DESPIDO (DSP), y entablado por el recurrente, DON Leonardo , frente a la Empresa"ELECTRICIDAD IRU, S.L." y contra los liquidadores de la citada Mercantil, DON Jose Ignacio y DON Luis María , respectivamente, es Ponente la Iltma. Sra. Magistrada DOÑA GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR, quien expresa el criterio de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por Demanda y terminó por Sentencia, cuya relación de Hechos Probados, es la siguiente:

  1. -) "La empresa "Electricidad Iru, S.L." se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el notario de Donostia, D. Calixto Doval Amarelle, el 2 de Diciembre de 1.977, con un capital social de 1.000.000 de pesetas, dividido en mil participaciones sociales de 1.000 pesetas cada una de ellas, el cual fue suscrito de la siguiente manera, D. Leonardo suscribió 334 participaciones sociales, y D. Miguel Ángel y D. Benjamín 333 participaciones sociales cada uno de ellos, nombrándose en el acto de constitución de la sociedad administrador general de la empresa a D. Leonardo .

  2. -) La empresa "Electricidad Iru, S.L." tiene su domicilio social en un local situado en el barrio Landeta s/n., de la localidad de Azpeiti, el cual es propiedad a partes iguales de los tres socios fundadores de la empresa, la cual comenzó su actividad comercial el 1 de Enero de 1.978, fecha en la que los tres socios fundadores se dieron de alta en el régimen general de la Seguridad Social.

  3. -) La Tesorería General de la Seguridad Social, mediante resolución de 19 de Mayo de 1.994, acordó cambiar de encuadramiento a D. Leonardo , que pasó de estar incluído en el régimen general de la Seguridad Social, a estar afiliado al régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social con efectos desde el 1 de Junio de 1.994.

  4. -) A partir del año 1.994, D. Leonardo suscribió un plan de pensiones con una entidad de previsión social voluntaria, al que contribuyó con 450.000 pesetas anuales en los años 1.994 y 1.995, a continuación en años posteriores aportó 50.000 pesetas mensuales, y en los últimos años aumentó la aportación a 70.000 pesetas mensuales.

    D. Leonardo realizó estas aportaciones al plan de pensiones que había suscrito con dinero de la empresa "Electricidad Iru, S.L.", sin que los otros dos socios de la empresa tuvieran conocimiento de esta circunstancia.

  5. -) En el año 1.997, D. Leonardo compró un ordenador personal para su uso privado, y durante el año 2.000 compró varios muebles a las empresas "Muebles Rey", "Delco" y "Lobela", por un importe de unos 12.000 euros, utilizando para realizar estas compras dinero de la empresa "Electricidad Iru, S.L.", sin que los otros dos socios de la empresa tuvieran conocimiento de esta circunstancia.

  6. -) El 6 de Septiembre del 2.001, se celebró una junta ordinaria de la empresa "Electricidad Iru, S.L.", en la que se acordó adaptar los estatutos de la empresa a la legislación, y se reeligió a D. Leonardo como administrador único de la empresa "Electricidad Iru, S.L." por tiempo indefinido.

  7. -) Durante el año 2.003, D. Miguel Ángel y D. Benjamín , solicitaron a D. Leonardo la convocatoria de una junta extraordinaria, petición a la que no atendió D. Leonardo , por lo que D. Miguel Ángel y D. Benjamín requirieron notarialmente a D. Leonardo en dos ocasiones para que convocara esta junta extraordinaria, realizando estos requerimientos los días 7 de Octubre del 2.003 y 25 de Noviembre del 2.003, requerimientos que D. Leonardo ignoró.

    Ante esta falta de respuesta de D. Leonardo , D. Miguel Ángel y D. Benjamín acudieron a los Juzgados, y solicitaron ante el Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Azpeiti la convocatoria judicial de dicha junta extraordinaria, acordando el Juzgado la celebración de dicha junta extraordinaria por auto de 1 de Junio del 2.004 .

  8. -) El 22 de Diciembre del 2.003, D. Miguel Ángel y D. Benjamín interpusieron una denuncia ante los Juzgados de Instrucción de Azpeiti contra D. Leonardo , al que acusaron de haber cometido un delito societario de apropiación indebida de los fondos de la empresa, correspondiendo el conocimiento de esta denuncia al Juzgado de Instrucción número Uno de los de Azpeiti, el cual por auto de 23 de Enero del 2.004 acordó incoar diligencias previas, las cuales seguían su curso en el momento de celebrarse el acto de la vista oral.

  9. -) El 8 de Julio del 2.004 se celebró la junta extraordinaria que habían solicitado los socios D. Miguel Ángel y D. Benjamín , en la cual se revocó a D. Leonardo de su condición de administrador único de la empresa, y en su lugar se nombraron dos administradores solidarios, nombramientos que recayeron en las personas de D. Miguel Ángel y D. Benjamín .

  10. -) Tras cesar en su condición de administrador único, D. Leonardo acudió a las oficinas de la empresa "Electricidad Iru, S.L.", en el barrio Landeta s/n., de la localidad de Azpeiti, a fin de ocuparse de los trabajos administrativos de la empresa, ocupación que desarrolló hasta el 30 de Julio del 2.004, pues el 31 de Julio del 2.004 fue festividad de San Ignacio, fiesta local en Azpeiti, y entre el 1 de Agosto del 2.004 y el 31 de Agosto del 2.004 disfrutó de vacaciones.

  11. -) El 29 de Julio del 2.004, los administradores solidarios de la empresa "Electricidad Iru, S.L."

    decidieron dar de baja a la empresa en el impuesto de actividades económicas desde ese mismo día, y a su vez ellos mismos se dieron de baja en el régimen general de la Seguridad Social como trabajadores de la empresa "Electricidad Iru, S.L.".

    Este mismo día, D. Miguel Ángel , actuando en representación de la empresa "Electricidad Iru, S.L."

    realizó un requerimiento notarial a D. Leonardo , en el que le comunicaba la celebración de una junta general extraordinaria el 20 de Septiembre del 2.004, y la baja de la empresa en el impuesto de actividades económicas, no constando la fecha en la que le fue entregado este requerimiento a D. Leonardo .

  12. -) El 3 de Septiembre del 2.004, D. Miguel Ángel y D. Benjamín decidieron cambiar la cerradura del local que la empresa "Electricidad Iru, S.L." tiene en el barrio Landeta s/n., de la localidad de Azpeiti, trabajo que realizó ese mismo día el cerrajero D. Juan Luis , de manera que cuando cinco días más tarde, el 8 de Septiembre del 2.004, D. Leonardo intentó acceder a las instalaciones de la empresa no pudo hacerlo.

  13. -) El 20 de Septiembre del 2.004 se celebró una junta general extraordinaria de la empresa "Electricidad Iru, S.L.", en la cual se acordó la liquidación de la empresa, el cese de los dos administradores solidarios, y el nombramiento de dos liquidadores, nombramiento que recayó en las personas de D. Luis María y D. Jose Ignacio .

  14. -) El 4 de Octubre del 2.004, D. Leonardo interpuso una papeleta de conciliación ante la Sección de Conciliación de la Delegación Territorial de Trabajo de Gipuzkoa del Gobierno Vasco en demanda de despido, celebrándose el intento de conciliación el 21 de Octubre...

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