STSJ Andalucía , 14 de Junio de 2006
Ponente | ELOY MENDEZ MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJAND:2006:5288 |
Número de Recurso | 716/2001/ |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 14 de Junio de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
(SEDE SEVILLA)
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
RECURSO Nº 716/01
Ilmos. Sres.
-
Ruperto Martínez Morales, Presidente
-
Eloy Méndez Martínez
-
Victoriano Valpuesta Bermúdez
Dña. María López Luna Secretaria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
CERTIFICO: que en el recurso de que se hará expresión se ha dictado por la Sala siguiente
SENTENCIA
En Sevilla, a 14 de Junio de 2006
Vistos los autos citados, seguidos ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el que ha sido parte actora Dña. Dolores y demandada la Conserjería de Educación y Ciencia de la J. de A., turnándose la ponencia al Ilmo. Sr. D. Eloy Méndez Martínez, quien expresa el parecer de la Sala, se ha dictado la presente de acuerdo con los siguientes
En fecha 22-5-01, y dentro de legal plazo, se presentó ante esta Sala escrito de interposición de recurso contencioso-administrativo, acompañando los documentos exigidos por el artículo 45 LJCA.
Verificada la concurrencia de los requisitos legalmente prevenidos y remitido por la Administración el expediente administrativo interesado junto con justificación de haberse practicados los emplazamientos previstos en el artículo 49 de la ley rituaria contenciosa, se acordó entrega al recurrente para deducción de demanda en el plazo de 20 días. Presentada la misma, se dio traslado a las partes demandadas para contestación en idéntico plazo.
Por auto de 10-5-04 se decretó no haber lugar al recibimiento del juicio, quedando el procedimiento pendiente de deliberación y fallo.
Señalado para votación y fallo el día de ayer, el presente recurso fue efectivamente deliberado, votado y fallado
El objeto del presente recurso contencioso administrativo se centra en de determinar la conformidad o disconformidad a derecho de la desestimación presunta de la reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, por lesiones sufridas por la recurrente en fecha 25-2-98, como consecuencia de una caída sufrida al bajar unas escaleras en el colegio público Blas Infante de Alcalá de Guadaira, a causa, según ésta manifiesta, de que tropezó con una tubería adosada al y último escalón.
Iniciado el procedimiento, se dicto resolución desestimatoria expresa de fecha 25-6-01 por parte del Viceconsejero de Educación y Ciencia.
Se alega por la parte demandada la prescripción de los hechos, pero tal z legación no puede ser estimada. En efecto, por los hechos relatados se siguió juicio de faltas, que terminó con sentencia absolutoria de 13-1-99. Posteriormente la ahora demandante reclamó a la Administración por escrito de 17-9- 99, terminando el expediente administrativo por resolución de 25-6-01, que había sido recurrida con el carácter de presunta ya ante este Tribunal con fecha de 22-5-01, por lo que en ningún momento ha transcurrido el plazo de un año necesario para que se produzca la prescripción.
Entrando a conocer del fondo de la cuestión todo fallo judicial resolutorio de pretensiones indemnizatorias en relación con el funcionamiento normal o anormal de los servicios Públicos requiere un examen, concreto y pormenorizado, no sólo del régimen y normativa concreta aplicable, sino, también y principalmente, del supuesto de hecho acontecido, en tanto el íter y circunstancias del mismo son los que determinarán a efectiva concurrencia de los requisitos exigidos por la jurisprudencia para el...
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