DECRETO 32/2007, de 29 de marzo, por el que se resuelve el procedimiento de desclasificación parcial como monte de utilidad pública de diversas parcelas del monte “Sierras de la Curiscada y Busmayor” (Tineo), n.º 331 del catálogo de montes de utilidad pública.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorConsejeria de Medio Rural y Pesca
Rango de LeyDecreto

Por Resolución de 24 de enero de 2007, (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias 15-2-2007) de la Consejería de Medio Rural y Pesca, se dispuso, a instancia del Ayuntamiento de Tineo a través del titular de la Alcaldía, el inicio del procedimiento de exclusión parcial del catálogo de montes de utilidad pública, de diversas parcelas del monte “Sierras de la Curiscada y Busmayor”, n.º 331 del catálogo, con la apertura de un período de información pública, para quien pudiera resultar interesado en el procedimiento. A los mismos efectos se exponía la citada Resolución en el tablón de edictos del Ayuntamiento solicitante, no habiéndose presentado ninguna alegación.

Se propone la desclasificación, como monte de utilidad pública, de una superficie de 159 hectáreas de las siguientes parcelas catastrales: Tineo 073: Polígono Parcela 88 12.061 90 65 90 91 90 99 90 500 90 9.005 90 11.142 El plano de la superficie afectada sobre la cartografía SIGPAC, constan en el expediente, debiendo realizarse una vez se dicte la resolución oportuna que recaiga en el procedimiento incoado, la labor de campo necesaria para marcar los límites de las superficies, que se excluyan del catálogo de montes de utilidad pública.

El artículo 9.3 de la Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal, posibilita la desclasificación parcial de un monte declarado de utilidad pública cuando desaparezcan las causas que motivaron su declaración o cuando surja una utilidad pública preferente que justifique otra nueva declaración.

Consta en el expediente tramitado, información técnica suficiente que ampara la posibilidad de descatalogación parcial del referido monte de utilidad pública en un determinado número de parcelas, basándose en que las parcelas que se pretenden descatalogar no cumplen ninguno de los supuestos que la Ley 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal establece en su artículo 8 para declarar a un monte de utilidad pública.

Por otra parte, la exclusión parcial que se propone, tiene por objeto implantar el denominadocomplejo motor de la Curiscada, que supondrá una instalación capaz de albergar todo tipo de pruebas del mundo del motor, tanto del automovilismo como del motociclismo a excepción de los grandes premios. Con ello se pretende la creación de un polo de atracción, que apoyándose en el circuito, represente para la comarca y su entorno un...

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