DECRETO 179/1997, de 21 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 167/1995, de 20 de julio, de la Diputación General de Aragón, por el que se desarrolla la estructura básica de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 179/1997, de 21 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 167/1995, de 20 de julio, de la Diputación General de Aragón, por el que se desarrolla la estructura básica de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Decreto 167/1995, de 20 de julio, de la Diputación General de Aragón, por el que se desarrolló la estructura básica de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, recogía en su artículo segundo los órganos de asistencia inmediata a la Presidencia, entre los que se incluían la Secretaría General de la Presidencia, el Gabinete de la Presidencia y el Gabinete de Comunicación, órganos cuya estructura y funciones fueron desarrollados por el Decreto de la Presidencia de 3 de enero de 1996. Las reformas introducidas posteriormente en el conjunto de la organización aconsejan llevar a cabo una modificación en profundidad de los órganos de asistencia inmediata a la Presidencia del Gobierno de Aragón. Para ello, es necesario modificar previamente y en el sentido expresado, el citado Decreto 167/1995, de 20 de julio por el que se desarrolló la estructura básica de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 21 de octubre de 1997, DISPONGO Artículo único.

1.--El artículo 2 del Decreto 167/1995, de 20 de julio, de la Diputación General de Aragón, por el que se desarrolló la estructura básica de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, queda redactado en los siguientes términos:

"Constituyen órganos de asistencia inmediata a la Presidencia del Gobierno de Aragón las siguientes unidades: --Gabinete de la Presidencia. --Gabinete de Comunicación. --Secretaría de Despacho." 2.--Se añade una disposición adicional al Decreto 167/1995, de 20 de julio, con el siguiente contenido: "Disposición Adicional Cuarta.

Corresponde al Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales la autorización de gastos, la disposición de créditos y el reconocimiento de obligaciones de los servicios y unidades de la Presidencia".

DISPOSICIONES...

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