STSJ Comunidad de Madrid 1265/2005, 4 de Octubre de 2005
Ponente | JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ |
ECLI | ES:TSJM:2005:11063 |
Número de Recurso | 1187/2002 |
Número de Resolución | 1265/2005 |
Fecha de Resolución | 4 de Octubre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTIMIGUEL ANGEL GARCIA ALONSOFRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOSMARCIAL VIÑOLY PALOP
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2
MADRID
SENTENCIA: 01265/2005
RECURSO Nº 1.187/2.002
SENTENCIA Nº 1265
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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
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Ilustrísimos Señores:
Presidente:
D. Juan F López de Hontanar Sánchez
Magistrados:
Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí
D. Miguel Ángel García Alonso
D. Francisco Javier Canabal Conejos
D. Marcial Viñoly Palop
En la Villa de Madrid a cuatro de Octubre del año dos mil cinco.
Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1.187 de 2.002, interpuesto por Jose Ramón representado por el Procurador Don Antonio Miguel Angel Araque Almendros contra el Acuerdo de 15 de Abril de 2.002 del Concejal Delegado de Urbanismo Vivienda y Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz que desestimó el recurso interpuesto contra el acuerdo de 29 de Noviembre de 2.001, por el que se requería al recurrente para que en plazo de 15 días procediera al desalojo de la perrera u otra instalación sita en el Sector 8 del Plan General de Ordenación Urbana bajo apercibimiento de lanzamiento. Ha sido parte el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz representado por el Procurador don Roberto Granizo Palomeque.
Que previos los oportunos trámites, el Procurador Don Antonio Miguel Angel Araque Almendros en representación de Jose Ramón formalizó demanda el día 23 de Abril de 2.0023 en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia por que se declara no ser conforme a Derecho el Acuerdo de 15 de Abril de 2.002 del Concejal Delegado de Urbanismo Vivienda y Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y el acuerdo de 29 de Noviembre de 2.001, dejándolas sin efecto, con expresa imposición a la parte contraria de las costas procesales.
Que asimismo se confirió traslado al Procurador don Roberto Granizo Palomeque en la representación que ostenta del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito presentado el 2 de Septiembre de 2.003 en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida, con imposición de costas a la recurrente.
Por auto de 23 de Marzo de 2.004 se acordó recibir el recurso a prueba por término de quince días para proponer y otros treinta días para practicar, practicándose la admitida con el resultado que obra en las actuaciones.
obra en las actuaciones.
Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de diez días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo, el día 4 de Octubre de 2.005 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan F López de Hontanar Sánchez.
El Procurador Don Antonio Miguel Angel Araque Almendros en representación de Jose Ramón interpone recurso contencioso-Administrativo contra el Acuerdo de 15 de Abril de 2.002 del Concejal Delegado de Urbanismo Vivienda y Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz que desestimó el recurso interpuesto contra el acuerdo de 29 de Noviembre de 2.001, por el que se requería al recurrente para que en plazo de 15 días procediera al desalojo de la perrera u otra instalación sita en el Sector 8 del Plan General de Ordenación Urbana bajo apercibimiento de lanzamiento.
La decisión de la cuestión que se plantea ante este Tribunal está anticipada en la Sentencia dictada el 19 de Octubre de 2004 dictada en el recurso 1.193/2.002 y en la Sentencia de 26 de Octubre de 2004...
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