SAP Barcelona 329/2007, 19 de Junio de 2007

PonenteJUAN BAUTISTA CREMADES MORANT
ECLIES:APB:2007:8186
Número de Recurso43/2007
Número de Resolución329/2007
Fecha de Resolución19 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

tcAUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOTERCERA

ROLLO Nº 43/2007-C

JUICIO VERBAL Nº 76/2006

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE SANT BOI DE LLOBREGAT

S E N T E N C I A N ú m. 329

Ilmos. Sres.

D. JOAN CREMADES MORANT

Dª.Mª ANGELS GOMIS MASQUÉ

D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de Junio de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 76/2006, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Sant Boi de Llobregat a instancia de D. Carlos Antonio contra Dª. María Rosa y D. Claudio ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 4 de Julio de 2.006, por la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda de juicio verbal promovida por el Procurador D. José Antonio López-Jurado González, en representación de D. Carlos Antonio, contra Dª. María Rosa y Don Claudio, 1) debo DECLARAR Y DECLARO haber lugar al desahucio de la vivienda sita en la calle DIRECCION000, NUM000, bajos- NUM001 de Sant Boi de Llobregat.- 2) debo CONDENAR Y CONDENO a Dª. María Rosa y a Don Claudio a dejar libre, vacua y expedita la finca arrendada.- 3) no ha lugar a condenar a los demandados al pago de las rentas reclamadas en el presente procedimiento.- 4) y por lo que respecta a las costas, no se hace expresa condena en costas a las partes litigantes".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día DOCE DE JUNIO DE DOS MIL SIETE.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAN CREMADES MORANT.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se insta la resolución y consiguiente desahucio por falta de pago de la renta correspondientes a parte de septiembre, noviembre y diciembre del 2005 y enero 2006 y de la fianza, respecto del contrato de arrendamiento de 9.9.2005 sobre la vivienda sita en la C/ DIRECCION000, NUM000, bajos NUM001 de S. Boi de Llobregat, a cuya pretensión se acumula la reclamación de las rentas y fianza debidas (indicándose en la demanda un total de 2.600 €), al amparo de lo establecido en los arts. 250.1.1º, 438.3 LEC y 27.2.a LAU 94, habiendo requerido el actor a los coarrendatarios, extrajudicialmente, de pago en 14.12.2005, a los efectos del art. 22 LEC, formulándose la demanda en 25.1.2006 (f. 11 y ss); los demandados citados a juicio en la vivienda arrendada (f. 25 vuelto) con las advertencias del art. 440 (entre ellas que de no asistir personalmente y se propusiera y admitiera como prueba su declaración, podrían considerarse como reconocidos los hechos del interrogatorio en los que hubieren intervenido personalmente y les sean enteramente perjudiciales, conforme a los arts. 304 y 440.1 lec y que de no comparecer a la vista sin justa causa se dictaría sentencia conforme al art. 440.3 LEC, asi como las consencuencias del requerimiento previo de pago), no comparecieron, interesando el actor su interrogatorio, y alegando que la deuda ascendía a 4450 € en la fecha del juicio (4.7.2006), así como que habían existido unos ingresos de...

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