SAP Baleares 181/2005, 28 de Abril de 2005
Ponente | CATALINA MARIA MORAGUES VIDAL |
ECLI | ES:APIB:2005:612 |
Número de Recurso | 129/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 181/2005 |
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00181/2005
Rollo: RECURSO DE APELACION 0000129 /2005
S E N T E N C I A Nº 181
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
DON CARLOS GOMEZ MARTINEZ
MAGISTRADOS:
DON GUILLERMO ROSSELLÓ LLANERAS
DOÑA CATALINA MORAGUES VIDAL
En PALMA DE MALLORCA, a veintiocho de Abril de dos mil cinco.
VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio Verbal, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Palma, bajo el número 530/04, Rollo de Sala nº 129/05, entre partes, de una como actora-apelante Dª Verónica, representada por el Procurador D. Miguel Arbona Serra, de otra, como D. Juan Ignacio, representado por el Procurador D. Juan Cerdó Frías, asistidas ambas partes de sus respectivos Letrados.
ES PONENTE la Ilma. Sra. Magistrada Dª CATALINA MORAGUES VIDAL.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Palma, se dictó sentencia en fecha 22 de septiembre de 2004, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que se desestima íntegramente la demanda interpuesta por D. Miguel Arbona en nombre y representación de Dª Verónica contra D. Juan Ignacio y absuelvo a la demandada de las pretensiones ejercidas en su contra. Se condena en costas a la actora".
Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte actora, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido y seguido el recurso por sus trámites por esta Sala se acordó el señalamiento de vista el día 19 de abril de 2005.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
La sentencia que concluye la primera instancia resuelve desestimar la demanda interpuesta por Dª Verónica contra D. Juan Ignacio, mediante la que se pretendía el desahucio por falta de pago de la renta del arrendamiento de la vivienda sita en la calle AVENIDA000 nº NUM000, NUM001 NUM002 de Palma, por entender el juez "a quo" que el acreedor no ha cooperado recibiendo el pago de la renta, sin justificación legal para ello, obligando al arrendatario a realizar giros postales mensuales.
Dicha resolución constituye el objeto de la presente alzada al haber sido impugnada por la parte actora, que solicita de este tribunal su revocación y el dictado de otra, en su lugar, por la que se estime íntegramente la demanda, ya esgrimiendo en fundamento de tal pretensión el razonamiento esgrimido en la primera instancia...
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