SAP Granada 180/2008, 25 de Abril de 2008

PonenteANTONIO GALLO ERENA
ECLIES:APGR:2008:478
Número de Recurso50/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución180/2008
Fecha de Resolución25 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 3ª

SENTENCIA N Ú M. 180

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JOSÉ REQUENA PAREDES

MAGISTRADOS

D. ANTONIO GALLO ERENA

D. JOSÉ Mª JIMÉNEZ BURKHARDT

En la Ciudad de Granada, a veinticinco de abril de dos mil ocho.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 50/08- los autos de J. Ordinario nº 78/07, del Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Granada, seguidos en virtud de demanda de Centro Español de Derechos Reprograficos (CEDRO) contra Rubén .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha 25/10/07 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que, estimando la demanda interpuesta por la procuradora Dª Estrella Martín Ceres en nombre y representación de Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO) frente a D. Rubén , debo declarar y declaro que por la demandada se ha llevado a cabo una actuación merecedora de ser calificada como de reproducción ilícita de obras impresas o reprografía ilegal vulneradora de los derechos de propiedad intelectual, sin que la demandada pueda reproducir íntegramente las obras que forman parte del repertorio de la actora sin su autorización; condenando a la demandada a estar y pasar por las anteriores declaraciones, a cesar en la actividad ilícita de reproducción o fotocopiado de obras integras protegidas por los derechos de propiedad intelectual y a indemnizar a CEDRO en

9.499,11 euros; soportando cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad ".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte Rubén , se opone la parte contraria; una vez elevadas las actuaciones a éste Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.

TERCERO

Que, por éste Tribunal se han observado las formalidades legales en ésta alzada.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO GALLO ERENA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Alega la parte recurrente error en la valoración de la prueba que determina la conclusión estimatoria de la demanda, quitando trascendencia a los informes efectuados por los inspectores, que entiende manipulados, resaltando la relación entre los testigos y la parte que los presenta así como el carácter preconstituida del Acta Notarial.

En razón a ello considera que no puede entenderse acreditada la actividad de reproducción ilegal con carácter continuado durante el tiempo que se recoge en la sentencia. Por otro lado, manifiesta su discrepancia con la indemnización reconocida y criterio seguido para su fijación y carga de prueba.

En razón a cuanto antecede se insta la revocación de la sentencia y la desestimación total de la demanda.

SEGUNDO

Pese a lo que se aduce en el escrito de recurso, este Tribunal entiende que la sentencia impugnada valoró adecuadamente la prueba practicada llegando a unas conclusiones de todo punto lógicas en lo relativo a la acreditación de la actividad infractora de los derechos de autor, y el...

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