Derecho y políticas ambientales en la Comunidad de Madrid (Primer semestre 2020)

AutorDaniel Bruno Entrena Ruiz
CargoProfesor Contratado Doctor Universidad Carlos III de Madrid
Páginas2-9
D. B. Entrena Ruiz RCDA Vol. XI Núm. 1 (2020)
2
Sumario: 1. orden 367/2020, de 13 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan
medidas preventivas de salud pública en la Comunidad de Madrid como consecuencia de la
situación y evolución del coronavirus (COVID-19). 2. Decreto 316/2019, de 27 de diciembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 278/2019, de 29 de octubre, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del
Territorio y Sostenibi lidad. 3. Decreto 18/2020, de 11 de febrero, del Consejo de Gobierno, por
el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de la Sierra de
Guadarrama en el ámbito ter ritorial de la Comunidad de Madrid. 4. Resolución de 4 de febrero
de 2020, del Director General de Biodiversidad y Recursos Naturales, de la Consejería de Medio
Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se regula el tránsito por viales,
el tránsito en las inmediaciones y pie de vía de sectores de escalada y la escalada en los sectores
y vías regulados, en el paraje de La Pedriza del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama
como medida de protección de especies rupícolas durante su época de cría y reproducción. 5
Orden 468/2020, de 24 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del
Territorio y Sostenibilidad, sobre establecimiento de vedas y regulación especial de la actividad
piscícola en los ríos, arroyos y embalses de la Comunidad de Madrid para la temporada 2020
1. ORDEN 367/2020, DE 13 DE MARZO, DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD,
POR LA QUE SE ADOPTAN MEDIDAS PREVENTIVAS DE SALUD PÚBLICA
EN LA COMUNIDAD DE MADRID COMO CONSECUENCIA DE LA
SITUACIÓN Y EVOLUCIÓN DEL CORONAVIRUS (COVID-19).
Después de todo lo acontecido en relación con esta plaga, seguramente haya
quedado desactualizada el contenido de la Orden que referenciamos. A pesar
de ello, no está de más rememorarla para recordar la difícil etapa vivida y cómo
se comenzó a actuar en este caso desde la Comunidad de Madrid antes de la
formal adopción del estado de alarma por Real Decreto 463/2020, de 14 de
marzo, adelantándose a su contenido.
De ella vamos a referir los preceptos que invoca para su cobertura, las medidas
previamente adoptadas y, finalmente, las que incorporó.
Así, la referida Orden invoca para su aprobación, en primer lugar, la Ley
Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud
Pública, de conformidad con la cual (artículo 2):
“las autoridades sanitarias competentes podrán adoptar medidas de
reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control cuando se
aprecien indicios racionales que permitan suponer la existencia de
peligro para la salud de la población debido a la situación sanitaria
concreta de una persona o grupo de personas o por las condiciones
sanitarias en que se desarrolle una actividad”.

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