Derecho y políticas ambientales en Castilla La Mancha (Primer semestre 2020)

AutorNuria María Garrido Cuenca
CargoCatedrática Derecho Administrativo UCLM
Páginas2-20
N. M. Garrido Cuenca RCDA Vol. XI Núm. 1 (2020)
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Sumario: 1. Una necesaria referencia a la tramitación de Procedimientos
administrativos en materia ambiental durante la vigencia del estado de alarma
en tiempos del COVID-19. 2.- Legislación. 2.1.- La nueva Ley de Evaluación
Ambiental de Castilla La Mancha. 2.2.- La Ley 7/2019, de 29 de noviembre, de
Economía Circular de Castilla-La Mancha. 3.- Ejecución. 3.1.- El Programa de
inspección de traslados transfronterizos de residuos de Castilla-La Mancha 2024
y en particular el Programa de inspección para el año 2020. 3.2.- Señalización
de terrenos cinegéticos, refugios de pesca, cursos y masas de agua en régimen
especial en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. 3.3.- Medidas
urbanísticas y su relación con objetivos ambientales. 4.- Organización. 4.1.- La
modificación de la estructura orgánica y las competencias de las Consejería de
Desarrollo Sostenible y de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural.
4.2.- La creación de la Comisión de Coordinación de Economía Circular.
1. UNA NECESARIA REFERENCIA A LA TRAMITACIÓN DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA AMBIENTAL
DURANTE LA VIGENCIA DEL ESTADO DE ALARMA EN TIEMPOS DEL
COVID-19
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo , por el que se declara el estado de
alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo , en su
disposición adicional tercera , dispone que se suspenden términos y se
interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades
del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que
pierda vigencia el citado real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo. Sin
perjuicio de esta regla, se permite que las distintas entidades del sector público
acuerden motivadamente la continuación de aquellos procedimientos
administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a
los hechos justificativos del estado de alarma, “o que sean indispensables para
la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los
servicios”.
Por ello, en este periodo han sido dictadas distintas normas y resoluciones que
se acogen a esta excepción para continuar procedimientos que se justifican en
la protección debida del interés general.
Así, la Resolución de 21 de abril 2020 de la DG Economía Circular por la que se
“Acuerda la continuación de diversos procedimientos administrativos
RCDA Vol. XI Núm. 1 (2020) Derecho y políticas ambientales en Castilla la Mancha
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indispensables como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19” (DO. Castilla-La Mancha 23 abril 2020, núm. 81), en concreto y como
se motiva suficientemente en la norma, los procesos de evaluación ambiental,
control de gestión de residuos y suelos contaminados, control de la calidad
ambiental y al seguimiento del régimen comercio de derechos de emisión de
gases de efecto invernadero. De tal modo que se acuerda la continuación de los
siguientes procedimientos administrativos:
- La evaluación ambiental de planes, programas y proyectos, y todos los
procedimientos contemplados en la Ley 2/2020, de 7 de febrero , de evaluación
ambiental de Castilla-La Mancha.
- Los procedimientos relacionados con las autorizaciones ambientales
integradas de las instalaciones, de acuerdo con el texto refundido de la Ley de
prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre .
- Los procedimientos de acuerdo a la Ley 22/2011, de 28 de julio , de residuos y
suelos contaminados referidos a: Notificación previa de traslado y el documento
de identificación de residuos; aplicación del reglamento vigente en materia de
transporte transfronterizo de residuos (TFS) entre países de la Unión Europea,
en Castilla-La Mancha; autorización de actividades de tratamiento de residuos;
remisión documentación complementaria al procedimiento de solicitud de
autorización para realizar operaciones de tratamiento de residuos, así como su
transmisión o modificación de la razón social; comunicación de inicio de
actividades de producción y gestión de residuos de Castilla-La Mancha
(productor y transportista).
- Los procedimientos administrativos relativos a las actividades potencialmente
contaminadoras de la atmósfera, en cumplimiento de la Ley 34/2007 de 15 de
noviembre , de calidad del aire y protección de la atmósfera, en concreto:
Notificación de actividades potencialmente contaminadoras de la atmosfera
pertenecientes al grupo C; y autorización administrativa de actividades
potencialmente contaminadoras de la atmosfera.

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