SAP Cantabria 277/2006, 17 de Mayo de 2006

PonenteMIGUEL CARLOS FERNANDEZ DIEZ
ECLIES:APS:2006:875
Número de Recurso428/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución277/2006
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

SENTENCIA NUM. 277/06

Iltmo. Sr. Presidente:

Don Miguel Fernández Díez.

Iltmos. Sres. Magistrados:

Don Bruno Arias Berrioategortúa.

Doña Milagros Martínez Rionda.

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En la Ciudad de Santander a diecisiete de mayo de dos mil seis.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de Juicio Verbal número 417 de 2.004, (Rollo de Sala número 428 de 2.005), procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Reinosa , seguidos a instancia de D. Leonardo , representado por la Procuradora de Reinosa Dª Elena de Castro Herrero y asistido por la Letrada Sra. Barquín Pellón, contra Dª Inmaculada .

En esta segunda instancia ha sido parte apelante D. Inmaculada , representada por el Procurador de esta capital D. Maximiliano Arce Alonso y asistida por el Letrado Sr. Alonso González; y parte apelada D. Leonardo .

Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado Don Miguel Fernández Díez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia número Uno de los de Reinosa y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha 17 de mayo de 2.005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por al ProcuradoraSra. De Castro herrero en nombre y representación de D. Leonardo , contra Dª Inmaculada , se acuerda dar efectividad al derecho real de dominio inscrito en el Registro de la Propiedad a nombre del demandante respecto de la finca registral descrita en el Fundamento de Derecho Primero de esta resolución y hecho primero de la demanda, declarando el derecho de la parte actora a disfrutar de la referida finca conforme a las facultades que le confiere el derecho a su favor inscrito y, consecuentemente, se condena a Dª Inmaculada a estar y pasar por dicha declaración, y a que deje libre, vacía y expedita la finca descrita a disposición de la parte demandante, dentro del plazo que se le indique una vez sea instada la ejecución de esta sentencia, bajo apercibimiento de lanzamiento en otro caso, absolviéndola del resto de los pedimentos de la demanda . Sin expresa imposición de las costas causadas en esta instancia".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia la representación de la parte demandada interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y tramitado el mismo se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde se señaló para deliberación y fallo del recurso el pasado día 24 de abril, quedando pendiente de dictarse la resolución correspondiente.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar Sentencia por el volumen de asuntos que pesan sobre el órgano judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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