Derecho Civil - Obligaciones y Contratos

AutorJosé Quesada Segura
Páginas365-371

III. CONTRATOS
ARRENDAMIENTO DE UN CINE: LA REVISIÓN DE LA RENTA POR LA JUNTA DE ESTIMACIÓN SOLO SERA NECESARIA EN EL SUPUESTO DE QUE ENTRE EL CONTRATO EN PRORROGA FORZOSA Y NO SE HAYA PREVISTO LA NUEVA RENTA (Sentencia de 4 de junio de 1977)

Doctrina de la Sentencia.-Los demandados en el primer motivo del recurso imputan la violación del artículo 104 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que prescribe que la renta de los arrendamientos de industria o negocio de espectáculos «será revisable cada cinco años por la Junta de Estimación, a instancia del arrendador o del arrendatario»; y en dicho motivo sostiene que se comete tal infracción porque entienden que esa norma es aplicable al caso de litis, en tanto patentiza un sistema legal obligatorio para la variación de la renta, que excluye todo pacto contrario de dicho sistema legal, y determina-según ellos-la invalidez de la discutida cláusula

Contrariamente a lo que sostienen los recursos, y cual afirma la sentencia recurrida, esa revisión que autoriza el mencionado artículo 104 de la Ley de Arrendamientos Urbanos está establecida sólo para el supuesto de que el contrato de la naturaleza del litigioso entre en prórroga legal forzosa, y para tal supuesto no se hubiese convenido la renta que había de pagarse; por tanto, aun en el caso de que se entendiese que la prórroga en que había entrado el contrato era de carácter legal y forzosa que impone la Ley locativa para los arrendamientos de empresas de cines, aun en esc caso, como ya se había estipulado la renta que había de operar en el evento de que el arrendatario continuase en el uso y disfrute de la empresa arrendada, resulta evidente que semejante revisión ante el Jurado de Estima-Page 366ción no es de aplicación al arrendamiento litigioso, pues para el evento que se produjo ya las partes, libre y voluntariamente, habían convenido la renta diaria que se había de satisfacer.

INTERPRETACIÓN DE CONTRATOS (Sentencia de 6 de junio de 1977)

Doctrina de la Sentencia.-Reiteradamente ha declarado esta Sala que la interpretación de los contratos es facultad exclusiva del Tribunal sentenciador, y su criterio ha de prevalecer sobre el del recurrente, al que no le es lícito sustituir por el suyo propio el más autorizado discernimiento de aquél, salvo que de manera clara y terminante demuestre que tal interpretación resulta equivocada, arbitraria, ilógica o fuera de toda exégesis racional, de tal modo que contradiga la letra y el espíritu del contrato.

ES INOPERANTE EL CARÁCTER PUBLICO O PRIVADO DE UNA CALLE QUE CAMBIO DE EMPLAZAMIENTO (Sentencia de 11 de junio de 1977)

Doctrina de la Sentencia.-Es inoperante el carácter público o privado del bien discutido-una calle particular-en relación con el artículo 344 del Código civil, una vez constatado su cambio de emplazamiento y consiguiente desaparición en el que primitivamente tuvo.

Igualmente quedó firme la declaración relativa al conocimiento y acatamiento, ajeno y contrario por completo a la oposición que permite el artículo 397 del Código, de parte de los copropietarios que lo eran en 1954 y 1955 cuando se verificó la alteración de la cosa común, no pudiendo estar en condiciones el recurrente, que trae causa de aquéllos, de alegar ahora otra cosa con apoyo exclusivo en la falta de rectificación de la inscripción registral, conociendo como conocía perfectamente la auténtica realidad.

DAÑO EXTRACONTRACTUAL: CULPA EXCLUSIVA DEL PERJUDICADO (Sentencia de 15 de junio de 1977)

Hechos.-Un niño, que estaba interno en un colegio, se escapó del mismo un día de fiesta, y en unión de otros compañeros fue a bañarse a un lugar peligroso, pues se realizaban extracciones de arenas, y al no saber nadar pereció ahogado. Sus padres demandan al colegio y al contratista de las obras de excavación, que fueron absueltos.

Doctrina de la Sentencia.-En los primeros Considerandos niega la sentencia estudiada la existencia de culpa por parte del colegio demandado, ya que el perjudicado marchó del colegio sin conocimiento del personal del mismo e incluso eludió los servicios de vigilancia establecidos y quebrantó la expresa...

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