STSJ Castilla-La Mancha , 22 de Mayo de 2000
Ponente | JOSE BORREGO LOPEZ |
ECLI | ES:TSJCLM:2000:1715 |
Número de Recurso | 1554/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 22 de Mayo de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso nº 1554/97 TOLEDO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.
Presidente:
Iltmo. Sr. D. José Borrego López.
Magistrados:
Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.
Iltma. Sra. Dª. Purificación López Toledo.
SENTENCIA Nº
En Albacete, a veintidós de Mayo de dos mil. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla- La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 1554/97, del recurso contencioso- administrativo, seguido a instancia de la Compañía Mercantil "Urbanización Las Moreras, S.L.", representada por la Procuradora Doña Pilar González Velasco y dirigida por el Letrado Don José A. López-Carrasco Morales, contra el Ayuntamiento de Talavera de la Reina, representado por el Procurador Don Trinidad Cantos Galdámez y dirigido por el Letrado Don Alberto Martínez de la Casa, en materia de denegación de solicitud de licencia efectuada por urbanización Las Moreras, S.L. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don José Borrego López, Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo; y,
Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 10 de Octubre de 1.997, recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno de la Corporación del Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina (Toledo), de fecha 30 de Julio de 1.997.
Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia declarando haber lugar al Recurso Contencioso- Administrativo interpuesto contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina de 30 de Julio de 1.997, por ser tal Resolución no conforme a Derecho y, consecuentemente, declarar la procedencia de la concesión de Licencia de Obras para la construcción de un edificio en la citada Ciudad de Talavera de la Reina del modo que resulta en el Proyecto Básico redactado por el Arquitecto Superior Don Juan Enrique , es decir, con seis plantas más la baja en el bloque que tiene su entrada por el llamado Paseo del Prado, con imposición de las costas al Ayuntamiento demandado.
Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia en la que se desestimen íntegramente las pretensiones de la actora con expresa condena en costas a la demandante.
Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 12 de Mayo de 2000, en que tuvo lugar.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.
Es objeto de impugnación judicial, el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Talavera de la Reina...
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