STSJ Cataluña , 9 de Marzo de 2001

PonenteMANUEL QUIROGA VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2001:3268
Número de Recurso1049/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso n° 1049/90 Partes: GOMAN, S.A. C/ AYUNTAMIENTO DE BARCELONA SENTENCIA N° 206 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ MAGISTRADOS D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS D. FRANCISCO LÓPEZ VÁZQUEZ En la ciudad de Barcelona, a nueve de marzo de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

1049/90, interpuesto por la entidad mercantil GOMAN, S.A., representada por el Procurador D. Leopoldo Rodés Durall y asistida por el Letrado Sr. Pi-Suner Arguimbau, contra AYUNTAMIENTO DE BARCELONA, representado y asistido por la Letrada Dª Rosa Mª Muñoz.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador Sr. Rodés Durall, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución adoptada por el Regidor- Presidente del Distrito de Ciutat Vella de Barcelona con fecha 9/10/89, en virtud de la cual se deniega a la sociedad actora la licencia municipal que había solicitado para realizar la actividad de PEEP SHOW y SEX SHOP así como un Bar correspondiente a un cine ya existente, con orden de paralización de la actividad, asimismo contra la desestimación por silencio del recurso de alzada de fecha 17/11/89.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la

Ley de esta Jurisdicción. Solicitando la parte actora la suspensión de la tramitación, se acuerda por providencia de 16 de noviembre de 1990. Por providencia de 30 de octubre de 1.998, se alza la suspensión de la tramitación del procedimiento. Por providencia de 4.3.99, se vuelve a acordar la suspensión de dicha tramitación, solicitada por la parte actora y por providencia de 26 de mayo de 1.999, se alza de nuevo dicha suspensión, acordando se formalice demanda. Por providencia de 22 de julio de 1.999 se suspende nuevamente el plazo para formalizar demanda y se solicita de la Administración demandada que complete el expediente. Por providencia de 17 de septiembre de 1999, se alza la suspensión acordada y se concede el plazo de 15 días a la actora para formalizar demanda. Seguidamente, despacharon las partes sus respectivos escritos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por Auto de 8 de febrero de 2000, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos.

Seguidamente, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron, haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación y finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo que ha tenido lugar el 6 de marzo del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de la presente litis promovida por la entidad mercantil "GOMAN, S.A." la impugnación de la desestimación presunta del recurso de alzada interpuesto ante el AYUNTAMIENTO DE BARCELONA contra la resolución de 9 de octubre de 1989 denegando licencias de actividad para Modificación de Sala de Fiestas, Sex Shop y Bar en los bajos del n° 17 de las Ramblas de la ciudad de Barcelona.

SEGUNDO

De los...

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