STSJ Comunidad Valenciana 226/2008, 20 de Febrero de 2008
Ponente | FRANCISCO HERVAS VERCHER |
ECLI | ES:TSJCV:2008:1834 |
Número de Recurso | 1585/2005/ |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 226/2008 |
Fecha de Resolución | 20 de Febrero de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
226/2008
Procedimiento Ordinario - 001585/2005
N.I.G.: 46250-33-3-2006-0008781
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección Segunda
S E N T E N C I A nº 226/08
Ilmos. Srs.:
PRESIDENTE
D. Mariano Ferrando Marzal
MAGISTRADOS:
D. José Martínez Arenas Santos
D. Francisco Hervás Vercher
En la ciudad de Valencia a veinte de febrero de dos mil ocho.
VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
(Sección Segunda) los autos nº 1585/05, seguidos entre partes, de la una y como demandante, D. Jose Luis, representada por la Procuradora Dª Elena Gil Bayo y dirigida por el Letrado D. Adolfo Gómez Giménez-Girón; y de la otra, como
Administración demandada, la Administración del Estado, representada y dirigida por el Abogado del Estado, recurso interpuesto por D. Jose Luis contra resoluciones de la Dirección General de la Guardia Civil, VI Zona, Comandancia de Alicante, por la que se deniegan las licencias de armas solicitadas tipo "AE", resolución de 25 de agosto de 2005, tipo "E", resolución de
25 de agosto de 2005, y tipo "D", resolución de 17 de agosto de 2005.
La indicada Procuradora, actuando en nombre y representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso el presente recurso contencioso administrativo contra el acto administrativo ya reseñado.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y FUNDAMENTOS DE DERECHO que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Continuado el proceso por los trámites que aparecen en los autos, finalmente se señaló el día 7 de febrero de 2008 para votación y fallo, diligencia que ha tenido lugar en la fecha fijada.
En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.
Siendo ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Francisco Hervás Vercher.
El presente recurso contencioso administrativo se ha interpuesto por D. Jose Luis contra resoluciones de la Dirección General de la Guardia Civil, VI Zona, Comandancia de Alicante, por la que se deniegan las licencias de armas solicitadas tipo "AE", resolución de 25 de agosto de 2005, tipo "E", resolución de 25 de agosto de 2005, y tipo "D", resolución de 17 de agosto de 2005.
Se fundamenta el recurso en considerar que no procede la denegación de la renovación de las licencias de armas solicitadas dado que el recurrente cumple con todos los requisitos para obtener tales licencias, habiendo aportado los documentos reglamentariamente exigidos en el artículo 97 del Reglamento de Armas aprobado por Real Decreto 137/93, y sin que los antecedentes policiales que en las resoluciones se citan puedan ser motivo para tal denegación, pues los mismos habían sido cancelados con anterioridad, y además los hechos a los que se refieren son anteriores a la anterior concesión de las licencias en el año 2000.
El artículo 7.b de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, establece que se faculta al Gobierno para reglamentar, entre otras, las materias y actividades referidas a las armas, mediante la obligatoriedad de licencias o permisos para la tenencia y uso de armas de fuego cuya expedición tendrá carácter restrictivo, especialmente cuando se trate de armas de defensa personal, en relación con las...
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